La mayoría de corredores han concertado un seguro como aval (seguro de caución, que nos cubre ante nuestro incumplimiento).
La ley de mediación es muy dura, pues regula, también, la obligación por parte del mediador (corredor o correduría) de ofrecer al asegurado tres propuestas diferentes sobre el riesgo a cubrir, así como plasmar por escrito (u otro medio de prueba las razones objetivas que le llevan a recomendar una compañía u otra "Análisis Objetivo"). Esta obligación me parece muy exagerada....¿A que profesional de qué profesión se le obliga a dar tres posibles resoluciones sobre una determinada cuestión y a recomendar por escrito una de ellas? Ello conlleva una carga administrativa muy grande. Si se duda sobre la independencia del mediador, que no se acuda al mismo, pero si se confía, hay que dejar obrar al mismo y no imponerle dichas trabas. ¿Por qué los mediadores tienen presunción de ser "culpables" de no ser independientes? Aparte de ser honestos hay que parecerlo.
Por contra: ¿Por qué a la Banca se la exime en la misma ley de la obligación de asesorar a sus clientes?
¿Alguien sabe explicar las intenciones reales de esta ley?????