Re: Daños estéticos
Bueno pues voy pa´lla.
El que se ha explicado correctamente es Apm24, pero.......
La RC solo se indemniza si lo dictamina un juez y aquí es donde las cias juegan a lo grande. Saben que por esas cantidades no se van a meter en pleitos y te deniegan la Estética.
Tambien es cierto que según ley, por Rc debes reponer el daño REALMENTE CAUSADO y aqui radica el problema, que el daño real son 4 baldosas y el moral (estético) el resto del baño.
Algunos lo consideran enriquecimiento injusto.
Por lo que estoy viendo en los juzgados, normalmente gana el reclamante, pero tengas pleitos y los gane, que nunca se sabe.
Y lo que no nos ha dicho el que reliza la consulta es si él tiene seguro individual, porque si lo tiene que use bien la garantúía de steticos propia o bien la garantía de reclamación de daños.