Ahí vamos, MoloMUCHO. Son conceptos mezclados, gracias por la aclaración.
Como bien dices, en un seguro de vida no tiene por qué modificarse el seguro (ten cuidado con eso, no es automático). Entre otras cosas, dependerá de las coberturas que estén incluidas, ya que se asegura el fallecimiento por cualquier causa (y eso no depende de que se comunique una enfermedad grave), pero sí puede afectar en el caso de que sea motivo de cobertura, y al utilizarla, que se anule esa garantía complementaria pero se mantenga la principal. De ahí la conveniencia de comunicarlo.
Pero vamos, de ahí a meter el dolo y las sentencias judiciales de por medio... contando que en los seguros de vida hay muchas, pero muchas cosas que dependen del estudio de los departamentos técnicos y médicos de la compañía, no se pueden meter semejantes patinazos, que son propios de alguien que con dos cursillos sale a vender seguros creyendo que sabe algo. Saludos,