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Seguro hogar piso propiedad en alquiler

13 respuestas
Seguro hogar piso propiedad en alquiler
Seguro hogar piso propiedad en alquiler
#1

Seguro hogar piso propiedad en alquiler

¿Hay alguna compañía aseguradora que cubra, en cuanto a defensa jurídica, los posibles problemas que se tengan con el inquilino de impagos o desahucio en demandas judiciales?
Tengo un seguro del hogar con Catalana Occidente (vivienda en alquiler) y no cubre la defensa jurídica en este caso concreto.
¿Cómo es posible que en un seguro así no cubra algo tan obvio?

#2

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Evidentemente un seguro de hogar normal no te va a cubrir los gastos de impago de alquiler y la defensa jurídica. No sé qué ves tu de obvio en el tema. Si fuera tan fácil, solo pagando un seguro de hogar normal podrías alquilar la vivienda al primero que pasara por la calle con la seguridad de que al primer problema tienes tu seguro para pagarte el alquiler, los gastos judiciales y hasta los posibles desperfectos.

Si eso es lo que buscas tienes que contratar un seguro específico para ello, que tiene sus limitaciones y que antes -evidentemente- tienes que acreditar la solvencia de tu inquilino para que te lo aseguren. No es lo mismo que le alquiles tu casa a un insolvente de libro que al registrador de la propiedad de tu barrio.

Los seguros no cubren cosas obvias ni no obvias. Cubren lo que ponen en los riesgos contratados mediante las cláusulas pertinentes que tú firmas y que aceptas o no aceptas. Lo que cubre lo tienes en tu documentación, míralo y si no te cubre lo que te interesa, amplíalo, vete a otra compañía que si lo haga, o hazle un seguro específico para los riesgos que tú consideres (pagándolo a parte, lógicamente).

 

Un saludo.

Método, disciplina y tiempo

#3

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Eso lo cubren en muchas compañías si, claro, declaras que es un piso en alquiler y contratas las cláusulas especiales existentes para ese uso de vivienda.

#5

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Hola Pilar,

Habla con tu agente. Catalana Occidente SI que tiene esta cobertura en el seguro hogar. Otra cosa es que la tengas o no contratada.

Saludos

#6

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Si contratas un seguro del hogar para vivienda de propiedad en alquiler, no veo nada raro en que dicho seguro cubriera la defensa jurídica que el arrendamiento me pudiera ocasionar y no hacerme contratar otro seguro para el tema del alquiler, obviamente, el precio del seguro subiría algo más pero contratar dos seguros sale mucho más caro.

#7

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Gracias Santi. Le preguntaré a mi agente no sea que ahora sí que lo contemplen pero hace cuatros años me dijo que no lo cubría y si lo quería tenía que contratar un seguro de alquileres.

#8

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

hola Pilar

Como te comentan muchas compañias no lo cubren o ni tan siquiera cubren la defensa juridica. Hay otras socuciones por ejemplo la MUTUA DE PROPIETARIS de bcn te ofrece un seguro contra impagos que te cubre los alquileres durante un año, primer mes de franquicia, asi como los costes del proceso judicial de deshaucio , daños que el inquilino haga en el piso, etc. Y sino recuerdo mal la prima de seguro es un 2.5% del valor del alquiler anual si el alquiler anual fuera 550 al mes la prima anual seria de unos 150€ importe asumible para prevenir males mayores,

Te adjunto las características del seguro "Mutua Lloguers"

Resum de garanties
Impagament de lloguers

Aquesta garantia cobreix l'impagament del lloguer per part de l'inquilí, corresponent a l'habitatge arrendat.

Mutua de Propietaris abonarà a l'Assegurat l'import total de les rendes vençudes i impagades, un cop deduït el temps de la franquícia(1) al seu càrrec i fins als límits garantits(2), en el moment que recaigui sentència ferma o qualsevol altra resolució judicial definitiva en el judici de desnonament instat contra l'inquilí morós i quan l'assegurat recuperi la disponibilitat de l'habitatge.

Es podrà sol.licitar un avenç d'indemnització a partir del quart mes consecutiu d'impagament, sempre que estigui interposada la Demanda.

La Suma Assegurada màxima serà de 3.000 euros de renda de lloguer mensual.

(1) És a càrrec de l'Assegurat la primera mensualitat de renda impagada, sent per compte de l'Assegurador, fins als límits garantits, l'excés sobre tal franquícia.

(2) Mutua de Propietarios assumirà fins al 100% de la Suma Assegurada amb un límit màxim de 12 mesos de renda.

Defensa jurídica

Li garantim la defensa en conflictes directament relacionats amb el contracte d'arrendament, incloent els desnonaments per impagament de rendes o per obres no consentides. També s'inclou la cobertura de defensa en contractes d'assegurances, defensa de la responsabilitat penal com arrendador, la reclamació al responsable identificable dels danys materials causats a l'habitatge arrendat i la reclamació en cas d'incompliment de contractes de serveis de reparació o manteniment de les instal.lacions.

Actes vandàlics al continent

Queden cobertes les deterioracions immobiliàries i/o el robatori del continent de l'habitatge assegurat, causats per l'inquilí com a conseqüència d'actes de vandalisme o malintencionats, sempre que existeixi sinistre indemnitzat a càrrec de la garantia d'Impagament de Lloguers.

S'estableix una franquícia de 300 euros per sinistre.

Mutua de Propietarios li ofereix un producte altament innovador i amb el qual obtindrà una resposta efectiva en la cobertura dels riscos més comuns que sorgeixen quan es lloga un habitatge.

Serveis
Reacondicionamient de l'habitatge

Mitjançant pressupost personalitzat i tarifa preferent del nostre proveïdor d'Assistència.
Obertura de l'habitatge i substitució del pany.
Informe de l'estat de l'habitatge.
Actuacions per a l'habitabilitat de l'habitatge.
Posada a punt de l'habitatge de lloguer.
Obres i reformes.
Assistència 24 hores

#9

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Da igual que contrates un seguro de hogar por 200 euros y una cobertura de ese riesgo por X euros a que tengas dos, siempre que te sumen lo mismo. No es que sea raro, es que los riesgos de arrendar una vivienda son fundamentalmente tres: a)impago, b)daños, c) defensa jurídica. Si quieres tener eso cubierto tienes que rascarte el bolsillo, evidentemente, así que eso que dices de "subiría algo más". No, subiría MUCHO más. Además es algo complejo. ¿si tienes seguro quién hace la selección de solvencia del inquilino?. Si te lo va a cubrir el seguro tiene que pasar su filtro, evidentemente, de lo contrario no te lo aseguraría por nada. Los daños lo mismo.

Tratas el tema como si fuera un apéndice sin importancia de tu póliza que por un poquito más te tiene que cubrir ese aspecto.

Otra cosa es la defensa jurídica exclusivamente, eso podría pasar, pero desde luego las mensualidades no pagadas y los daños ocasionados, eso hay que tratarlo por separado y en una cláusula independiente (y pagarás mucho más), como es lógico.

 

Método, disciplina y tiempo

#10

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

¿quién  hace la selección del inquilino para que te aseguren todo eso por 150 euros?. Supongo que tendrá que dar el visto bueno a tu inquilino la compañía de seguros, no es lo mismo meter alguien solvente, con nómina, antiguedad en la empresa, o funcionario que meter a alguien que acaba de llegar en patera, evidentemente.

Método, disciplina y tiempo

#11

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Precisamente, las compañías te exigen una serie de requisitos que no son fáciles de cumplir, por parte de los inquilinos:
- Tener un contrato de arrendamiento en regla.
- Tener contrato indefinido desde hace tiempo.
- Demostrar ingresos periódicos, de tal manera que la cuota de la renta no supere un porcentaje de dichos ingresos (normalmente, sobre un 40%).
De estos tres puntos, el primero se cumplirá fácil. El segundo, ya es algo más difícil en estos tiempos. El tercero es muchísimo más complicado.

#12

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Evidentemente, imagina si no fuera así. Directamente hacías el seguro y te importaba 3 narices que dentro viviera Florentino Pérez, o el insolvente más grande jamás conocido. Si no te paga cobras del seguro y andando.

No, no es tan fácil -como es normal- de forma que no es un simple apéndice del seguro como decía la ponente del hilo en plan "pago un poquito más". Pagas un muchito más o buscas inquilinos con un nivel de solvencia que entonces, posiblemente, no necesites ese seguro.

Ya está todo inventado, para tener peces hay que bajar al río a mojarse el trasero.

 

Un saludo.

Método, disciplina y tiempo

#13

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Qué cosa más absurda planteas. Una cosa es un seguro de impagos o daños intencionados en vivienda de alquiler, y otra completamente diferente es un seguro del hogar que cubra incendios, daños por agua, etc. Si quieres los dos seguros, tendrás que pagarlos. Igual que si quieres además un seguro de coche o de vida, tendrás que pagarlo.
Hay varias compañías que tienen seguro de impagos y daños en viviendas de alquiler, tienen que hacer un estudio de solvencia al futuro inquilino, lo que te da cierta seguridad. Con respecto a los daños, sólo los cubren si son por vandalismo, y son ellos los que deciden si es o no vandalismo, con lo cual en la práctica no suelen hacerse cargo de los daños. Yo pagué un seguro de éstos y al final los daños, que no fueron los ocasionados por un uso normal de una vivienda sino muy superiores, los tuve que cobrar de la fianza.

#14

Re: Seguro hogar piso propiedad en alquiler

Algunos seguros tienen cláusulas como las que indicas, pero la mayoria no. Tu inquilino debe buscarse la vida y si quiere tener a buen seguro sus pertenencias hacerse un seguro.

Si no, complicado.

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