Re: No me cubre el seguro por mantenimiento
Eso es diferente a la Dirección General reclamación de seguros ?
Eso es diferente a la Dirección General reclamación de seguros ?
No tienen nada que ver. La DGSFP (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) depende del Ministerio de Economía y es el organismo que supervisa la actividad aseguradora.
El Consorcio es una entidad pública independiente que se encarga de la cobertura de riesgos extraordinarios, de cierta parte de los seguros obligatorios y de la liquidación de entidades en quiebra, resumiendo muchísimo.
Entonces lo intento en el CCS?.
Aunque la resolución de la dgsfp me indica que tenemos que llegar acuerdo vía amistosa si no valoración de perito de las dos partes.
Si no hay acuerdo vía arbitraje.
No sé qué pasó dar primero si mandar una carta nuevamente a Helvetia o ir directamente a la Omic
El CCS no pinta nada aquí, ni te va a dar cobertura por riesgo extraordinario porque está excluida la entrada de agua por cubiertas, terrazas y fachadas, ni es organismo que tramite ninguna gestión por el caso que cuentas.
Lo habitual es mandar escrito al SAC (Atención al Cliente) de la Compañía, en caso de rechazo entonces al DAC (Defensor del Asegurado) y solo si también rechaza es cuando te pondrías en contacto con la DGSFP. En tu póliza constan datos de los dos primeros y es fácil encontralo en internet.
O por la vía contundente, habla con un abogado para que te indique pasos a seguir y si ve posibilidades de que prospere una reclamación.
Ya gestioné todos esos pasos tan solo me queda que me asesore un abogado. También he pedido cita para ir a la omic a ver qué me aconsejan. Gracias
Una duda me surge...si yo me costeo mi perito y en el supuesto caso me cubren . Lo que me ha costado los servicios de mi perito me devuelve la compañía? O eso es dinero perdido ?
Se contempla el envío de un profesional por una avería en un termo de gas?
En caso de no estar conforme con un siniestro puedes contratar un perito y comunicárselo al seguro, en el caso que su perito no este conforme con tu perito, Qué pagas tu y se pierde, se asignará un tercer perito, que se paga a medias o quien no tenga la razón, según casos.
Todo esto lo tienes en tu póliza especificado, y en la ley del seguro.
Si tiene contratada y existe la garantía, si. Depende del seguro o.