El siniestro se refiere a cuotas anuales, cada una es independiente de las anteriores o posteriores. Ya les dije que entiendo que no se pueden reclamar las anualidades anteriores a los diez años, pero si las posteriores. Con el criterio de catalana, como el primer impago es de mas de diez años, no se le podria reclamar nunca nada, ni los años impagados actualmente ni los futuros. Eso es absurdo, pero catalana trata todo como una deuda en conjunto, y en realidad son deudas independientes (algo asi como actos de ejecucion, tengo algo oxidados los estudios de Derecho). La comunidad de propietarios puede reclamar todas, perdonarle algunas o solo reclamar una anualidad o varias. Aparte de eso, no reponden a mi queja por la falta de diligencia en responder cada correo (semanas entre uno y otro) ni a que me aclaren si se pueden reclamar anualidades una por una y no en conjunto. Como podeis ver, una absoluta falta de respiuesta, contestan solo lo que les interesa y como les interesa.