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Seguro vinculado a prestamo hipotecario

5 respuestas
Seguro vinculado a prestamo hipotecario
Seguro vinculado a prestamo hipotecario
#1

Seguro vinculado a prestamo hipotecario

Contraté una hipoteca con BBVA, me obligaron a contratar un seguro de crédito hipotecario, de protección de pagos, lo que ocurre es que me cobraron una prima única y ese importe lo añadieron al préstamo hipotecario, en mayo de este año ocaso me ofreció un seguro con mejor cobertura (cubría todo el importe del capital prestado 168.000 euros) la poliza de BBVA solamente cubría hasta 130.000 euros, ahora el banco no quiere aceptar la nueva póliza de ocaso a pesar de que seguí las instrucciones del propio banco y puse una cláusula a favor del BBVA, me dicen que la prima al estar incluida en el préstamo hipotecario no la pueden anular y cambiarla por la poliza de ocaso, ¿alguien me puede orientar que puedo hacer?

#2

Re: Seguro vinculado a prestamo hipotecario

Marcochi, a cuantos años contratastes esa prima única? yo pienso que si puedes cancelarlo antes de que cumpla el plazo que establecísteis, aparte pagarás intereses por haberlo incluido en el prestamo hipotecario, tambien las coberturas que te cubre el seguro de protección de pagos BBVA son pesimas, habla con ellos y paga lo que te haya generado de gastos el seguro hasta la fecha y cancela los años benideros.
Yo estoy peleando porque no me ponga el seguro de protección de pagos el BBVA o un seguro de vida de ellos, porque aparte de ser muy caros son escasas sus coberturas.
Saludos!!!

#3

Re: Seguro vinculado a prestamo hipotecario

el seguro está contratado hasta 2014 y pagué 7560 euros, actualmente pago unos 50 euros mensuales de intereses de ese dinero

#4

Re: Seguro vinculado a prestamo hipotecario

HOLA MARCONI
DICES"me obligaron a contratar un seguro de crédito hipotecario, de protección de pagos, lo que ocurre es que me cobraron una prima única y ese importe lo añadieron al préstamo hipotecario"

No es lo mismo un credito que un prestamo hipotecario

http://www.euroresidentes.com/vivienda/hipotecas/diccionario/credito_hipotecario.htm

Préstamo hipotecario. Cantidad de dinero concedida, generalmente por una entidad financiera, a una persona física o jurídica (prestatario), con la garantía adicional de un bien inmueble (ej. una vivienda).

El préstamo hipotecario tiene como singularidad específica que toma como garantía real la vivienda (casa, chalet, bungalow, apartamento...) a favor del prestamista (la entidad de crédito que presta el dinero). En caso de no cumplir las condiciones acordadas en la concesión del préstamo (ej. impago de los recibos de amortización, plazos, etc.), el Banco o caja pasaría a ser la titular propietaria del inmueble.

Crédito Hipotecario. Contrato por el que una entidad financiera (Banco, Caja de ahorros...) concede una línea de financiación, o préstamo hipotecario, a un titular de la que éste puede ir disponiendo cantidades, según sus necesidades.

Esta es una de las principales diferencias con respecto a un préstamo convencional (donde la cantidad inicial es fija y sólo hay una entrega de dinero por parte de la entidad). El titular debe devolver la cantidad prestada en los plazos y condiciones pactadas entre las partes.

En el caso de que el beneficiario incumpla, la entidad puede ejecutar el bien hipotecado ante un juez para saldar la deuda. El crédito se formaliza en escritura pública para poder ser inscrito en el Registro de la Propiedad.

s2

#5

Re: Seguro vinculado a prestamo hipotecario

Pero si ya lo has pagado.

¿Crees que te van a devolver algo de lo pendiente de "consumir"? Lo dudo bastante, aunque podría ser.

Por lo tanto, si no te lo devuelven, vas a pagar...por algo ya pagado y no consumido.

Saludos

#6

Re: Seguro vinculado a prestamo hipotecario

En tu lugar primero me aseguraría que no tienes la hipoteca bonificada por tener el seguro contratado con ellos, supongo que no es así porque no lo has comentado (pero por si acaso).

Debes mirar que tipo de póliza has contratado: si es anual renovable la podrías cancelar a pesar de haberla pagado a prima única y deben devolverte la parte proporcional de la prima no consumida.