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Indemnización por daños estéticos ¿es obligado presentar factura a aseguradora?

5 respuestas
Indemnización por daños estéticos ¿es obligado presentar factura a aseguradora?
Indemnización por daños estéticos ¿es obligado presentar factura a aseguradora?
#1

Indemnización por daños estéticos ¿es obligado presentar factura a aseguradora?

Buenas tardes,

Tengo seguro de hogar con Allianz BBVA. Por problema de inundación se me dañaron varias lamas de la tarima. El seguro, después de enviar a una empresa de suelos para valorar la reparación, optó por indemnizarnos con el máximo de "daños estéticos", es decir, 1.200 euros. La aseguradora nos ingresó el dinero y nos comunicó vía mail que debíamos entregarles facturas. Después de contactar con empresas de instalación de tarima, los presupuestos que me dan son muy superiores a los 1.200 euros, son del orden de 3.000 euros para arriba. Mi duda es si ¿estoy obligado a realizar la reparación y enviar las facturas a la aseguradora a pesar de ser el coste muy superior a la indemnización? ¿hay un periodo máximo de tiempo para efectuar la reparación y enviar las facturas a la aseguradora? ¿Qué pasaría si la reparación hubiese sido de un importe menor que la indemnización, ¿tendría que abonar la diferencia a al aseguradora?.
Muchas gracias,

Paco García
#2

Re: Indemnización por daños estéticos ¿es obligado presentar factura a aseguradora?

También hay que tener en cuenta que, si no reparas, los 1.200 € tributan en IRPF.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Indemnización por daños estéticos ¿es obligado presentar factura a aseguradora?

No. La aseguradora te ha indemnizado por el máximo y no tienes que enviar la factura. En teoría, si no envías factura, no te pagan el IVA pero en este caso, al haberte indemnizado por el máximo, creo que te da igual.

Lo que ocurre es que los daños estéticos suelen ser "a primer riesgo". Es decir, ya no tienes derecho a esa cobertura hasta la próxima renovación del seguro.
#4

Re: Indemnización por daños estéticos ¿es obligado presentar factura a aseguradora?

Gracias por los mensajes.
Quiero indicar, además, que la aseguradora indicó lo siguiente en un mail, antes de proceder al ingreso de la indemnización:
"No obstante, le informamos que hemos procedido a autorizar el abono por importe de 1.242,64€ de los aplazados y estética, que en unos días recibirá en la cuenta asociada a la póliza. Este abono se trata de un adelanto, debiendo enviar al Departamento de Asistencia y Servicio Post Venta las facturas justificativas de la realización de los trabajos de reparación y/o reposición de los objetos dañados cuando disponga de ella".
He estado mirando las condiciones de la poliza y no veo que sea obligatorio presentar facturas. Entiendo, que como comentan los compañeros con sus respuestas, no sería obligado presentarlas al seguro.

Gracias,
#5

Re: Indemnización por daños estéticos ¿es obligado presentar factura a aseguradora?

Lo que ocurre es que los daños estéticos suelen ser "a primer riesgo". Es decir, ya no tienes derecho a esa cobertura hasta la próxima renovación del seguro.

Me da la impresión de que confundes el término. El primer riesgo es la modalidad de cobertura en que ambas partes renuncian a la regla proporcional estableciendo un capital máximo de indemnización, habitual en coberturas en que sea difícil establecer una valoración previa del capital a asegurar. No significa que solo se cubra una vez por periodo, aunque no te digo que pueda aparecer en pólizas concretas no es lo general y no es su definición.
#6

Re: Indemnización por daños estéticos ¿es obligado presentar factura a aseguradora?

Efectivamente, tienes razón. Lo que quería indicar que esta cobertura, una vez alcanzado el límite de la suma asegurada, queda ya sin cobertura hasta la renovación y que, generalmente, se recoge por muchas compañías que la suma asegurada para esta garantía tendrá tratamiento de primer riesgo.