Acceder

Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años

4 respuestas
Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años
Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años
#1

Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años

Hola, ).

He solicitado el subsidio 52 años. Cumplo 53 años en Mayo. 

Llevo cotizados a la seguridad social 21 años.

y 9 años al desempleo (por cuenta ajena) que terminé en 1.998 cuando pedi excedencia en Ayuntamiento.

de los 21 años cotizados , los primeros 10 fueron con cuenta ajena . Es como asalariado. 

los otros 11 años restantes como autonomo , y cese la actividad en el año 2009.-

Me apunte al paro y perdi la antiguedad . 

La nueva fecha de antiguedad es del año 2011 e ininterrumpidamente hasta hoy. (Aqui tenía 44 años).

No he cobrado el desempleo (ya que fui automo).

en el año 2013 cobre la RAI 11 meses y finalizo en año 2014. 

Mi pregunta es : ¿si con esto me lo concederian ?. Ya que he cotizado 6 años al desempleo durante mi vida laboral, 15 años a la Seguridad de los cuales 2 años durante los ultimo 15 años. ( cese en 2009). 

y no termino de entender algo que lei acerca de no haber interrumpido la renovación al paro (supongo que no se me haya pasado el sellar ninguna vez desde que cese en el 2009 ? se me paso un tiempo la renovacion (mi antiguedad es del 2011 ) o desde la ultima RAI que fue en el año 2014 ?

Disculpad si no me explico bien, es lo que entiendo de este tema, 

Saludos, 

Jose M.

 

 

 

#2

Re: Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años

Primero, la "situación legal de desempleo" se  produce cuando pierdes involuntariamente el trabajo por cuenta ajena. No me queda claro si fue así en tu caso o te marchaste con una excedencia voluntaria, con lo cual entiendo que no cumplirías este requisito.

Segundo, si perdiste el trabajo asalariado involuntariamente, entonces tienes que ver si no has estado más de 3 meses sin renovar la demanda de empleo en algún momento, ya sea entre tu pérdida de trabajo y tu inicio de actividad como autónomo, o entre el cese de esta actividad y el momento actual. Si en algún momento has demorado más de 3 meses la reactivación de la demanda desde que tenías que haberla renovado, teóricamente no tendrías derecho.

 

#3

Re: Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años

Hola, 

En el año 1998 pedi excedencia voluntaria y me di de alta como autonomo e inice un negocio. 

Llegado el año 2009 (11 años cotizados de autonomo) vendi la empresa al otro socio y cause baja. 

No se si esto significa baja voluntaria. 

desde 2009 hasta 2011 no selle el paro por descuido. 

y me di de alta nuevamente desde 2011 . Entonces llevo desde 2011 ininterrumpidamente hasta hoy. 

tambien he leido que si tengo cargar familiares (tengo que pasar pension a mi ex por 3 hijos) y al tener derecho a la RAI podría pasar a este subsidio. 

lo he encontrado en este lugar http://sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/pdf/nota_informativa_subsidio_52.pdf

Dice asi : Además de poder acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o tener derecho a cualquier subsidio, (consulte en el dorso si es beneficiario o beneficiaria del subsidio extraordinario o de la renta activa inserción) también podrán acceder las personas que anteriormente hayan agotado una prestación o subsidio por desempleo si desde entonces, se han mantenido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, no teniéndose en cuenta las posibles interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad.

También he cobrado 1 vez la RAI por tener hijos a mi cargo y terminé de cobrarla en el 2014. y desde esta fecha llevo ininterrumpidamente apuntado al paro. 

No se, son tantos requisitos... en fin, espero tu ayuda. Gracias. 

Jose M. 

#4

Re: Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años

La hoja informativa que citas, habla de haber cobrado el subsidio extraordinario de desempleo, pero indica que debe haberse cobrado antes otra modalidad de subsidio,con lo cual volvemos al punto de partida: en un momento dado, tiene que ocurrir que perdiste un empleo por cuenta ajena involuntariamente, porque si no , no hay situación legal de desempleo y con ello, ni subsidio ni prestación por desempleo.

Yo entiendo que en tu caso, ni una excedencia voluntaria ni cesar en una actividad como autónomo son situación legal de desempleo

A la RAI la diferencia es que se puede acceder estando desempleado pero sin tener que venir de un despido o fin de contrato, como ha sido tu caso.

al final la cuestión es que lo solicites en cualquier caso, como se suele decir, el no ya lo tienes...

#5

Re: Dudas acerca de concesión del Subsidio 52 años

Ok. Tienes Razón. Por pedirlo no pasa nada. Saludos y Gracias.

Jose