Me han comentado que se están aprobando muchos ERTES por silencio administrativo (que la autoridad laboral no ha respondido en el plazo que tiene para ello), en ese caso la empresa no les puede presentar nada porque no existe una autorización explicita ni un número de ERE. Eso no quiere decir que los trabajadores pierdan ninguno de sus derechos.
Antes de enviar el ERTE a la autoridad laboral han tenido que dar el visto bueno los representantes sindicales, si existen. Pidanles toda la documentación que estimen oportuno a ellos.
El SEPE no pinta nada en la aprobación de un ERTE así que en su página web no van a encontrar nada.
Si lo que quieren es la resolución individual de reconocimiento de la Prestación Contributiva de cada trabajador, eso no se lo puede proporcionar la empresa por protección de datos, les llegará al correo una carta del SEPE reconociéndo la Prestación.
Una cosa es el ERTE y otra la Prestación que cobran los trabajadores como consecuencia de ese ERTE. El ERTE lo aprueba la autoridad laboral de las comunidades autónomas que se ocupan de controlar que todo esté correcto (y la autoridad laboral sólo habla con la empresa) y una vez aprobado se envía la documentación de los trabajadores al SEPE que es quien reconoce la Prestación con la información que le dan.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos