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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Si. Es un poco lioso. Las sentencias se envían al INSS y a tu abogada. Si es por accidente laboral también la recibe la mutua. Una vez notificada la sentencia, el INSS o vosotros podíais haber recurrido en un plazo de 5 días hábiles. En el caso de recurso del INSS, una vez interpuesto, el juzgado le da entrada y se envía a los abogados para que puedan impugnarla. No es un proceso rápido pero ya deberías saber si han recurrido o no. Han pasado 9 meses. Llama a tu abogada y que te explique en qué situación está el expediente. Desgraciadamente hay abogados a los que tienes que dar la lata para que cumplan con su obligación.