Eso es, la idea es que con reserva de puesto se presupone que te quitaran la IP por mejoría y vuelta a tu trabajo. Pero sabemos que la gran mayoría de veces o no es así, o se denuncia para recuperarla ....
Pero según esta el anteproyecto, 48.2 no se beneficia por no ser un despido directo como pasa con 49.e, o eso parece ahora mismo.
De todas formas tenemos que ver como termina esta ley, eso de que mientras esperas la adaptación del puesto o cambio cobras IT...... si me has concedido una IPT, entiendo que cobras más de IT, pero lo veo raro y me huele raro. Y claro está si te conceden IP Absoluta o mayor no pedirás adaptación, ya que te congelarian la pensión. Veremos como termina.
Un saludo a todos