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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#36646

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Jose Luis, q quieres decir q con la reclamación previa te han alargado 2 años? Es q yo estoy esperando contestación a, la reclamación previa 2 meses. Saludos
#36647

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No Ampa, mi reclamación previa interpuesta en diciembre del 2022 la han contestado ahora, 19 meses más tarde, desestimandola y quedándome con la IPT, añadiendo más limitaciones y diciendome que la nueva fecha para una posible revisión es agosto 2026.
Hasta el momento solo se ha valorado lo que pasó en el 2022, al haber tardado tanto tiempo tengo yo derecho, según los funcionarios del INSS, a pedir revisión por agravamiento en noviembre del 2024 para que valoren todos los informes del 2023 y 2024. Pero no estoy seguro de esto aunque me lo hayan dicho en el INSS, yo creo que me van ampliando plazos de cualquier manera porque ya han visto los informes del 2023 y 2024 y quieren retrasar al máximo el intentar subir el grado.
Esto es una guerra de desgaste, ya veremos si en noviembre admiten la revisión por agravamiento o no.
Leí que llevas esperando 2 meses, a mí me han tardado 19. Esto funciona muy muy mal e interesadamente para ellos.
Un saludo 
#36648

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola, José Luís. 19 meses? Q barbaridad!!!! Pero si espero q llegue antes el juicio, por dios!!!! En Valencia hay gente q le contestan a los 3 meses. Gracias!!! Saludos
#36649

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola, José Luís. 19 meses? Q barbaridad!!!! Por lo q entiendo te dieron la Total y tu reclamación era para, la Absoluta? A mi es q directamente a los 18 meses me dieron de alta. Pero la revisión de la mutua me dio el No apto.Saludos
#36650

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola a todos, hace poco puse un mensaje sobre tribunal medico que pase el 18 de julio y mas de 1 mes sin saber nada y ayer me llego la carta y nada me han puesto que sigo con la incapacidad total y mr podrian revisar a partir de 1 de agosto de 2026. Mi pregunta es si sabeis si puedo con la paga yo podria pedir en sepe una ayuda de los 45 años, si seria las dos cosas compatibles.
#36651

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Aquí en Madrid te contestan cuando les da la gana según les interese a ellos. Deben de tener un cajón sin fondo donde van metiendo las que no saben que hacer y de vez en cuando lo miran.
Las que tienen claro que son desestimadas tardan mucho menos, de unos días a medio año. Igual que las que ven que han cometido un error grave y tienen que rectificar.
Lo único que como han tardado tanto tiempo han aprovechado para poner más limitaciones sobre lo que pasó en el 2022 y añadir 25 meses a la posible revisión.
Mas que tratarla como una reclamación previa han hecho como una revisión del 2022 con un nuevo informe de síntesis contemplando los nuevos informes del 2022 y añadiendo más limitaciones procedentes de esos informes.
Ha sido todo muy extraño.
Espero que tú tengas más suerte 
#36652

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Te dejo aquí lo que dice ahora la ley de compatibilizar el subsidio de 52 años con la IPT, valdrá lo mismo para cuando esté aprobado el de 45 años. Cómo puedes ver es muy difícil porque te exigen trabajar con la IPT, cobrar el paro correspondiente y después si ganas menos de 850 euros al mes de IPT entonces podrías pedirlo.
Este es el artículo:

¿Se puede cobrar a la vez el subsidio para mayores de 52 años y la incapacidad permanente?
Es posible recibir el subsidio para mayores de 52 años y una incapacidad permanente al mismo tiempo, aunque acceder a ambos es bastante difícil debido a uno de los requisitos relacionados con el nivel de ingresos.

Para cobrar ambas prestaciones de manera simultánea se debería ser beneficiarios de una incapacidad permanente total (la que limita para trabajar en la profesión habitual) y comenzar a trabajar y cotizar para un trabajo que no entre en conflicto con dicha incapacidad.


Tras acabar este se deberá de agotar la prestación contributiva por desempleo, agotarla y reunir todos los requisitos del subsidio para mayores de 52 años. Estos son tener 52 años o más de edad, reunir todos los requisitos salvo la edad para acceder a la pensión contributiva de jubilación, tener al menos 6 años cotizados por desempleo y carecer de rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, que en 2024 son 850,5 euros al mes. 

En relación con las rentas por incapacidad permanente, la mayoría supera la cuantía mínima del 75% (cuantías mínimas fijadas este 2024), excepto en dos casos específicos. Por un lado, la incapacidad permanente total para personas de 60 a 64 años sin cónyuge es de 729,7 euros al mes (10.215,80 euros al año), y con cónyuge es de 608,30 euros mensuales (8.516,20 euros al año).

Por otro lado, las pensiones por incapacidad permanente total debido a enfermedad común para menores de 65 años, que con cónyuge a cargo, la pensión es de 608,30 euros al mes (8.516,20 euros al año), mientras que sin cónyuge, la cantidad desciende a 603,10 euros mensuales (8.443,40 euros al año).

Así, por ejemplo, si se cobrase una incapacidad permanente con una cuantía de 729,7 euros al mes, solo habría un margen de 120,3 euros (hasta llegar a los 850,5 euros) para poder solicitar el subsidio.

Por eso, aunque el SEPE y la Seguridad Social permitan recibir ambas ayudas, será bastante complicado debido a que entre las cuantías mínimas y las rentas del subsidio habrá poco margen de ingresos. En el caso del resto de subsidios pasa lo mismo, no será compatible a no ser que generemos derecho a un subsidio y los requisitos lo permita. En el caso de la Renta Activa de Inserción, el SEPE deja claro que no son compatibles, ya que es una pequeña ayuda destinada a personas económicamente vulnerables.
#36653

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias, si complicadisimo.
Bueno pues como dije antes revision agosto de 2026 aver si no me revisan mas.
#36654

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Jose luis 54,buenas tardes  ,tengo 59 años,tengo expediente abierto para incapacidad permanente.segun tu texto anterior  yo cobraria 603,10 euros al mes.?Gracias

#36655

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No, para nada, esa es la pensión mínima. Si te conceden la incapacidad permanente todo dependerá de que grado te conceden y de tu base reguladora que se calcula según haya sido la baja por enfermedad común, accidente laboral o enfermedad profesional.
Un saludo 
#36656

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes, pues ya pasé el tribunal el 22 la doctora muy empática , pero a mí está gente me despita, tengo una duda respecto al caso de la  la incapacidad total, que haría la empresa conmigo me liquidaria vacaciones y ya está o estaría obligada adaptarme el puesto y en caso de que no pueda me liquidaria como despido por causas sobrevenidas? Estoy muy perdida.
#36657

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Baja por enfermedad común, esto es un sin vivir.Gracias.