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Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

12 respuestas
Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena
Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena
#1

Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Denegación de la compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

El pasado 1 de julio solicité la compatibilidad del subsidio con un trabajo a tiempo completo de duración superior a tres meses.

En dos veces anteriores me aprobaron la compatibilidad, pero en esta ocasión me la denegaron según su argumentación “por estar trabajando en el momento de la solicitud”. Obviamente, antes de solicitar la compatibilidad causé baja en la ayuda, comunicando al SEPE mi nueva situación y a continuación solicité la compatibilidad de la ayuda y en este caso ya trabajando, porque de lo contrario no sería una compatibilidad con un trabajo por cuenta ajena sería una nueva solictud o una reanudación …

Si no he entendido mal, el RDL 02/2024 de 21 mayo entrará en vigor el próximo 1 de noviembre, por lo que entiendo que deberían aplicarme la norma aún en vigor hasta la fecha de su prescripción.

Tengo que decir que en mi caso, con la compatibilidad del subsidio, empleaba el 50 por ciento del mismo (231,60 € -la última vez-), en sufragar parte del combustible o del alquiler que necesitaba para trabajar porque en caso contrario no hubiera aceptado un trabajo en el que el coste que suponía trabajar era casi igual al salario que había de percibir.

Mi duda es: ¿Se ha suprimido la compatibilidad de la ayuda sin espera a la fecha de su anulación el 1 de noviembre?
Por otra parte ¿Cabe algún recurso contr su resolución?

Muchas gracias de antemano.
Resolución SEPE
Resolución SEPE


#2

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

La disposición transitoria quinta de la Ley 45/2002 que permitía compatibilizar el subsidio con un trabajo a tiempo completo a los mayores de 52 años fue derogada por el RDL 2/2024 y esta derogación entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, no se pospuso al 1 de noviembre como las modificaciones en la Ley General de la Seguridad Social.
No creo que una reclamación tenga visos de prosperar.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Siendo así que la derogación entro en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, es muy probable que no consiga nada con una reclamación, así que aguantaré el tiempo que me queda de contrato.

No obstante, opino que es una lástima que hayan suprimido un incentivo que ayudaba a que los trabajadores que no les quedaba más remedio que recorrer grandes distancias en coche o bien a cambiar temporalmente de domicilio, pudieran aceptar un empleo precario.

Muchas gracias por la aclaración Franjgr.

#4

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Ya se comentó en semanas pasadas que esta modificación legal ( derogación 45/2002) era un auténtico disparate que perjudicaba a los mayores de 52 años perceptores de este subsidio.
Y no solo en esta modalidad de compatibilidad, sino también a los contratos a tiempo parcial.

Será delirante cuando empiece el famoso CAE (complemento ayuda al empleo) con un máximo de 6 meses.

Esperaba ver las instrucciones del SEPE con respecto a este asunto,  pero ya vienen las primeras resoluciones sin esperar a ellas.

Como se dice,  las opciones que una reclamación prospere son nulas.

Maquiavélico. 
#5

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Ya veo que no se trata de una conspiranoia mía... ;)

Gracias por tu comentario Angelneu
#6

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Ya están las instrucciones:
https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
Código CSV: GEN-7c48-3915-2d85-b143-ecab-a5d6-8193-df33.
Por lo que llevo leído es repetir lo mismo que pone el BOE una y otra vez con distintas redacciones, pero no aclaran prácticamente ninguna duda. 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#7

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Gracias por el apunte. 
Como bien dices,  de las dudas y de los “charcos” no quiere saber nada el SEPE, como es tradicional.
Los “marrones” se lo dejan a los jueces para que  les enmienden el criterio.

En varios meses empezaremos a comprobarlo.

Saludos. 
#8

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Y se confirma en las instrucciones que el régimen de compatibilidad con el trabajo por cuenta ajena aplicable a este subsidio es el mismo que al resto de subsidios.

Una chapuza sideral.

#9

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Y sin embargo dejan claro que se aplica la normativa antigua a los subsidios ya reconocidos excepto si la nueva Ley es beneficiosa.
Pues la nueva compatibilidad no es beneficiosa.
Es como si quienes hayan sido los artífices de esta reforma estuvieran convencidos de estar haciendo un gran favor a los subsidiados. Lo que no dice gran cosa de sus conocimientos de como es la normativa actual.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#10

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Totalmente de acuerdo.

Lo mismo estos figuras  -"creadores" de la norma-   empiezan a darse cuenta en cuanto observen que los subsidiados  (mayores de 52 años) empiecen a rechazar (cuando antes no lo hacían) ofertas de trabajo a tiempo parcial porque salen claramente perjudicados. 

Incluso son perjudicados los subsidiados a tiempo completo que estén próximos a su jubilación.

Y todo por mezclar la particularidad de este subsidio y de este colectivo con el resto;  que no tiene absolutamente nada que ver. 

Incalificable. 



#11

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Hola buenos días a tod@s, tengo varias dudas  a ver si me las podeis resolver. Estoy cobrando desde abril 2024 una IPT por enfermedad común me operan este año, en enero tengo pensado trabajar en tema administrativo en la empresa de mi hijo es S.L.

1 Si por volumen de trabajo, el mio seria tema presupuestos, me hace un contrato de 3 meses al finalizar tendría derecho a paro.

2 Si tuviera derecho el paro seria del que tengo acumulado de la empresa anterior, ya que estaba fijo bastantes años o de este nuevo.

3 Si cobrara paro cobraría a parte de la incapacidad el suplemento del 55% al 75% o solo cobraría la pension normal del 55%

Un saludo a tod@s.
#12

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Me medio rectifico a mí mismo, releyendo las instrucciones no dice si el nuevo régimen de compatibilidad se aplica a los subsidios antiguos, solo dice que se aplica a los nuevos 
Hacen unas instrucciones y no aclarar los puntos conflictivos no tiene sentido. 
Entraremos en un proceso en que unos gestores harán unas cosas y otros harán otras, hasta que los jueces empiecen a decir que es lo correcto

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#13

Re: Compatibilidad del subsidio de 52 años con trabajo por cuenta ajena

Presagiamos que aplicarán la nueva norma a todos,   amparándose en la derogación de la ley 45/2002,  y ante la duda del trabajador mayor de 52 años si aceptar un trabajo a tiempo parcial + demanda judicial  o quedarse como está,  aceptará esto último.

Sólo tiene que hacer unos fáciles cálculos para dimensionar el tamaño del disparate.