Yo tengo entendido q tienes q agotar la vía administrativa, ademas en cuanto presentas reclamación y más al TEAR paralizas el tiempo de prescripción! El TEAR, puede tardar lo q estime, en algunas comunidades 3-4 años, xo según la ley tributaria su plazo es de 1 año, por lo tanto pasado ese plazo puedes presentar el contencioso por la vía judicial.
Yo sigo esperando por el irpf desde el 3/12 para 2015.
La renta la presenté el 1/04 y hoy me sale q se emitirá el pago en 2 días hábiles. Mi marido ya tiene la orden de transferencia.
Nos ha contestado Almudena en otro hilo, y en principio parece q le han pagado lo que reclamó en 2016. Q era la maternidad de 2015.
A ver si es verdad y nos pagan a todos aunq tengamos q pasar un filtro manual
A ver si tenemos suerte los demás! Y en la página de hacienda te siguen saliendo “en trámite”. Esq eres la única q ha tenido una respuesta positiva. Si es eso... te habíamos entendido q la tenías “desestimada”