déjà vu...Creo que lo mencionado en el "post anterior", igual que en éste, no es lo que realmente significa... Ya lo consultó @Gdvb84 en su momento y le respondieron que estaban obligados a poner esa frase; posteriormente, dieron la referencia legal cuando se les pidió...Todo esto dicho, claro, salvo mejor opinión.Saludos
No me gustan este tipo de hilos, pero dejé alguna información de fuentes oficiales (BdE) por si ayuda a saber más sobre lo que parecía el tema... y repito: "por si sirve de algo"... Nunca viene mal haber leído estas cosillas ;-)Además, no sé qué le habrán cobrado al OP, pero he visto que la entidad prevé 39€ en dos casos: tarjetas o reclamación de posiciones deudoras... Si es lo primero, no tiene nada que ver con lo dicho; si es lo segundo, puede hasta estar mal aplicada por mucho que la lleve el libro de tarifas (ver criterios del BdE y echar un ojo a las sentencias conseguidas por EKA/ACUV, aunque creo que aún no han conseguido que haya jurisprudencia... Si alguien sabe algo más, bienvenido sea).En fin, si era otra cosa... perdón por contribuir al ruido...Saludos
No sé qué habrán cobrado exactamente ni el motivo... pero, por si sirve de algo, dejo enlazada alguna información sobre el Descubierto y la Comisión por reclamación de posiciones deudoras del Portal del Cliente Bancario (Banco de España).Y aprovecho también para dejar el artículo de la EKA/ACUV (Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca) que dice que el Tribunal Supremo declara nula la comisión por reclamación de posiciones deudoras.Saludos
Nada, para eso estamos ;)La del 2019 creo que solamente era si la cuenta tenía 12 meses o más de inactividad y saldo cero. El correo electrónico en ese caso decía explícitamente «En los próximos días recibirás una carta en tu casa [...]».Saludos
Hola compañero,conozco al menos un par de casos de correo postal (en un sobre de Bankinter, como envío correspondiente a la "oficina" 8712):Principios del 2014, con la información anual de gastos/intereses que están obligados a enviar del año anterior... y no sé el motivo de hacerlo así esa vez.Finales del 2019, con el aviso de resolución de contrato y baja para cuentas inactivas sin saldo antes de la migración, como era de esperar.A ver si con suerte ninguno de los dos te afectan...Suerte!
Gracias por compartir la experiencia.Siempre es un placer participar en este foro y buscar herramientas para que nos tomen algo menos el pelo :)Saludos
En una cuenta pueden cobrar las comisiones que correspondan, aunque no se use... pero, según el BdE, «acorde con las buenas prácticas bancarias, el banco no puede cargar comisiones e intereses por el descubierto cuya única causa sea el cargo de comisiones en la cuenta».Además, la entidad tiene que seguir cumpliendo sus obligaciones, según BdE, «de enviar la información periódica y de las liquidaciones como extractos mensuales, justificantes de cada liquidación y el resumen anual de comisiones e intereses, informando de las cantidades debidas»... Esa parte a veces se les "olvida"... y diría que forma parte de la normativa aplicable, no sería solamente un criterio...https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/cuentasdepositos/cuentascorriente/guia-textual/cancelacion/Cuentas_inactivas.htmlEn fin, el cliente tiene responsabilidades y obligaciones... pero la entidad, también.SaludosPD: Eso de meter gente en listas de morosos puede dar más problemas al que los mete que al supuesto moroso si éste último denuncia y lleva razón.