no, si no declaras un ingreso y Hacienda te pilla, pagas intereses de demora sobre la cuota que no hayas pagado (4% anual ahora mismo) y la multa que empieza en un 50% de esa cuota (es lo normal) y se reduce más o menos a un 35% si no recurres y pagas enseguida.
echa cuentas.18 millones de personas trabajando en el sector privado.200.000 millones al año en pensiones ---> 1.000 euros al mes tiene que aportar el trabajador de la empresa privada.otros 200.000 millones en salarios de funcionarios y demás personal de entes y empresas públicas ---> otros 1.000 euros.Y luego otro pico para otras ayudas, carreteras,recogida de basuras,etc,etc.Y resulta que los malos son señor Mercadona o señora Prosegur, que ganan el 3% de lo que facturan.Estos números se los expuse a los familiares jovencitos que estaban acabando sus estudios y decidieron opositar, ya han aprobado, chicos listos. Mejor estar con los "opresores" que con los "oprimidos".
Sí estás como cuidadora no profesional, y has suscrito el convenio especial,de lo que te beneficias es de que el Estado cotiza por ti para la jubilación, pero no recibes ingreso alguno que afecte al IMV, son compatibles ambas situaciones: cuidadora no profesional y perceptora del ingreso mínimo vital
Paysign, la empresa que gestiona las tarjetas con las que pagan a los donantes, indica en sus resultados que le han bajado los ingresos en el 4º trimestre,;lo achacan a que * los fabricantes han normalizado sus inventarios de plasma, con lo que han bajado lo que pagan a los donantes, * y además las nuevas máquinas que usan en los centros aumentan el plasma que se obtiene por extracción (CSL hablaba hace poco del 10% más).Es de esperar que esto se vea en menores costes de Grifols en unos trimestres...."revenue declined by 6.2% due to oversupply issues and efficiency improvements in plasmapheresis technology, reducing donor compensation."
parece lógico que Hacienda no indique el apartado en el que se incorpore: puede que haya gente que ejerza como actividad económica/profesional (no hablo solo de Amazon, puede ser Walapop, etc) y lo pueda incorporar en los apartados correspondientes, al resto, Hacienda lo va a rastrear en la casilla que se ha comentado de ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones, según el criterio de sus consultas vinculantes. Si hacen como con las apuestas, que hubo gente que lo declaraba pero en casilla equivocada, como la revisión es por ordenador, en cuando este detecta que no está en la casilla esperada, se la trae floja, no revisan más, ni el ordenador ni el humano, requerimiento automático al canto.... Aquí, a lo mejor miran un poquito más por esa variedad de casuísticas, pero no me extrañaría que carguen el trabajo de justificar la casilla en que se ha declarado al contribuyente mediante un requerimiento automático si no es la que ellos esperan.
A estas alturas ya debería la gente tenerlo claro, Las plataformas digitales informarán a Hacienda por ventas superiores anuales a 2.000 euros o 30 operaciones500 euros no supera el umbral, y si no has pedido más de 30 productos, tampoco, en tal caso no aparecerías en la "lista" de agraciados.
si viviera con su cónyuge y un hermano (pariente de 2º grado), sería el primer límite, el más bajo.Pero como convive con un hijo, se aplica el otro que es más alto.
pues para el que necesite tocar para creer, como Santo Tomás, esto es lo que pasa con ING cuando uno hace transferencias elevadas desde el extranjero. Es como la tercera vez que me pasa, esta vez en la primera transferencia de Norwegian a ING, otra vez fue con Raisin. Me tienen hasta los mismísimos, ahora sí que he decidido dejar ya de ser cliente sufridor:bloqueo transferencia INGbloqueo
si solo puede reclamar un año, tienes que ver el calendario que ya se ha explicado y esperar a presentar el formulario de reclamación que publiquen en el año correspondiente:-En este año 2025, cuando comience la campaña de la renta en unos días, se podrá reclamar la rectificación de la declaración de 2019.-El año que viene, 2026, reclamación de 2020.Etcétera.Cuando dices que a tu abuelo le salió a "pagar", puede ser que en la declaración de la renta te salga a "devolver" 300 euros por ejemplo, pero si te retuvieron 500, entonces al final "has pagado" 200 euros de impuestos, en estos casos también se puede presentar la reclamación. Entonces, si tienes claro que a tu abuelo en los otros años le devolvieron todo lo que le retuvieron, o no le retenían nada y no le salía a pagar nada al presentar la declaración, entonces no procede reclamarlos, solo ese año que comentas.