No sé como será tu caso en particular, lo importante es que todo lo que consideres que debes enviar lo envíes, según lo que solicitan. Te explico mi caso por si sirve: envié todo, todo, todo, igual que a ti me ponía documentación pendiente mientras estaba en trámite, revisé toda la documentación muchas veces y estaba supercorrecta, intenté enviar algún documento más adicional (por si acaso), incluso algún documento repetido (por si acaso también) pero no me daba acceso, no me dejaba enviar nada, en esa situación estuvo mi solicitud bastante tiempo, meses, sin poder hacer nada; total que me olvidé del tema porque estaba segura que lo había enviado todo correctamente, pensé "si quieren algo que lo pidan", efectivamente, a los meses me enviaron un email pidiéndome la fotografía selfie tal como ellos la querían (que era algo diferente a como yo la había enviado) y también una declaración jurada conforme no vivía en pareja, dándome un plazo de 15 días y varios correos del INSS y de la tramitadora para que lo enviara.Lo envié y a los 20 días ya tenía la carta de aprobación y al mes cobrando.
Entiendo tu confusión @angelmt
, y tienes razón en que podría parecer que te lo cobran dos veces, pero no es así.Cuando hay un cobro indebido, lo que sucede es que han estado pagándote de más durante un tiempo (en este caso, 100€ al mes). Al llegar octubre y realizar la actualización, ajustan la cantidad que deberías haber estado cobrando desde enero, por lo que a partir de octubre ya te empiezan a pagar lo correcto.Sin embargo, el dinero que recibiste (o recibió la persona afectada) de más durante esos meses anteriores (los 900€) es una deuda que tienes que devolver aparte. No te lo están cobrando dos veces: lo que te bajan en octubre es para que no sigas cobrando de más, y la deuda que te reclaman es por los meses anteriores en los que ya recibiste un pago superior al debido, la bajada no es para "devolver" lo cobrado de más, sino simplemente para corregir el importe a lo que debería haber sido desde el principio.Normalmente, esa deuda no se devuelve de golpe, sino que el INSS puede dar facilidades para pagarla en cuotas pequeñas a lo largo del tiempo.
El IMV al igual que otras prestaciones no solo son herramientas económicas y sociales, también son producto de decisiones políticas que reflejan la visión y prioridades del gobierno de turno y no solo del nacional, también de políticas internacionales.Así que tiene todo el sentido tratar el tema.
Publicar en un foro es como cocinar: si a algunos no les gusta el sazón, ¡que no se coman el guiso! Pero tú sigue sirviendo opiniones, que alguien seguro repite.
Supongo que iremos viendo cambios, e iremos teniendo información, no todo el mundo está en foros explicando su situación particular. Lo que yo creo, según la información que voy viendo es que el tema de los Bizum se refiere a casos relevantes, como dije antes, si una persona recibe transferencias frecuentes o significativas (habría que ver qué son "significativas" para esta gente) a través de Bizum, el IMV puede considerar que esas cantidades X son parte de los ingresos disponibles y esto es especialmente relevante si las transferencias provienen de otros miembros de la unidad de convivencia, ya que en ese caso se suman al total de los ingresos familiares.
Podría ser, pero creo que quien controla la pasta y cómo se gestiona en relación al IMV es el INSS. https://www.congreso.es/entradap/l14p/e4/e_0041474_n_000.pdfGESTION: https://www.inclusion.gob.es/w/el-gobierno-firma-con-la-generalitat-de-cataluna-el-acuerdo-de-asuncion-de-competencias-del-ingreso-minimo-vital@ritekg5
en ese ejemplo que has puesto creo que esa persona estaba cobrando tambien el RGI ¿debe ser la renta de la autonomía? si es así ya sabes que entonces hay problemas con el solapamiento de las dos prestaciones, cosa que suele darse con bastante frecuencia, ahí si tiene competencia la comunidad autónoma con SU propia renta en relación al cobro indebido que se ha podido general respecto al IMV y reclamar dinero.
me dijeron que ahora el INSS cuenta cualquier tipo de transferencia, bizun o ingreso en cuenta que se percibatengo bizum y transferencias de mi ex mujer a mi cuenta en 2023 de 10, 20, 40 euros, uno de 350 y otro de 400 mas otros tantos pequeños, que sumando todos hacen la diferencia de los 5800 de la renta hasta los 7400
Seguramente esa o esas cantidades recurrentes no son relevantes ni significativas para el IMV, lo cual no significa que en otros casos si lo sean. Cada cual ha de saber dentro de qué parámetros se mueve su economía.