Dinos que banco es para no trabajar con el. Si solamente acierta el 7% de las veces, no lo veo muy fiable.¿O es solamente problema de tu sucursal que hacen las liquidaciones con papel y lápiz?
Me ha tocado hacerlo un par de años a finales del mes de abril (al consultar mi borrador) porque mi empresa había informado erróneamente a Hacienda. En un par de semanas me apareció la corrección en el borrador y procedí a la presentación de la Renta. Con tu empresa puedes hablar directamente y subsanar el error de la mejor forma para las dos partes.Lo que no veo posible es hablar con Renault Bank con garantías visto lo visto desde el pasado 16.12.21.Tienes un teléfono de contacto pero no sabes realmente si hablas con personal del Banco o con un call-center que recoja incidencias. Pero igual que coge llamadas de Renault Bank, puede que coja pedidos de venta de colchones y relojes de la teletienda entre otros trabajos. Sospecho incluso viendo la chapuza y el tiempo en que han tardado en subsanar los errores, que tengan externalizado el servicio de cálculo de intereses. Hace unos años Self Bank tuvo una incidencia en la comunicación de los datos a Hacienda y lo resolvieron en unos pocos días.Yo me reitero en que se declare tal como lo haya hecho Renault Bank a la Agencia Tributaria. De otra forma y aunque tengas razón, vas a tener dos ejercicios en que no van a coincidir los rendimientos declarados con los del borrador. No obstante si lo declaran correctamente (aunque tengo pocas esperanzas), mejor para todos.Y sobre corregir los datos del borrador, tengo la mala suerte de que todos los años lo tengo que hacer ya que me imputan rendimientos inmobiliarios sobre una plaza de garaje que pertenece a mi vivienda habitual. La buena suerte, es que nunca he sufrido un requerimiento para aclarar la anomalía. Un saludo.
No te van a perseguir por unos euros. Lo que digo solamente es que para evitar en lo posible todo tipo de molestias, hay que dar siempre la razón a lo que diga el borrador porque de lo contrario PUEDE que te retrasen el cobro de la devolución por que no coinciden los importes o PUEDE que tengas mala suerte y caigas con un funcionario quisquilloso que te envíe un requerimiento y le tengas que contar toda la película del por qué no coinciden los importes. Y podrías tener discrepancias con el borrador del año 2021 y del 2022.Y bastantes molestias hemos tenido ya por unos euros.Pero es solamente mi modesta opinión.Un saludo.
Se supone que los datos que han incluido en el documento "Estado de comisiones" que tiene fecha de 24.01.22, son los que han enviado a la Agencia Tributaria y no figuran las diferencias del año 2021. El plazo que tiene el Banco para su presentación es hasta el próximo lunes (modelo 196).Por tanto, creo que lo más práctico es declarar según figuren en el borrador.Un saludo.
Yo tengo por fin el tema solucionado después de las reclamaciones que tuve que hacer el 18.12.21 y el 17.01.22.A ver si mejoran y no tienen más errores en lo sucesivo.Un saludo.
La teoría está muy bien. Pero lo sustancial es la práctica.Aquí lo que importa es si los intereses devengados el día 15.12.21 se han pagado bien o mal.En mi caso, yo el cálculo lo tenía hecho en la fecha mencionada. Y desde el día 16, me di cuenta de que estaba mal. Y a día de hoy 17 de enero y después de comprobar el extracto, las cifras me siguen sin cuadrar. Aunque puedo estar equivocado.Pero todo parece indicar que hay un nuevo error según queda explicado en comentarios 1856 y 1858.Un saludo.
Tengo dudas de que esto sea posible (o al menos sensato) No es posible. Artículo 5. Principios básicos de los planes de pensiones. (...) 3. Las aportaciones anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la presente Ley se adecuarán a lo siguiente:a) El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la presente Ley no podrá exceder de 1.500 euros. (Fuente: Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones)Un saludo.