Si pediste el préstamo,compraste la casa y te empadronaste en ella en el mismo año ,no tienen por qué quitarte el imv.Seguro que han considerado ( por error de hacienda) tu casa habitual como no habitual y te la han considerado patrimonio.Te tocará ir a hacienda con los datos del préstamo y las escrituras para demostrar que esa es tu casa habitual y cuando lo certifiquen presentar ese documento ante el INSS para que te devuelvan tu derecho al imv.Siento lo que te pasó y todo el lío burocrático al que deberás hacer frente pero verás que lo consigues.Ánimo y suerte
Hola,esto deberías consultarlo mejor en una asesoría especializada( lo digo para que tengas más seguridad en la consulta) o ver si hay alguien en el foro que haya pasado por una situación similar y te asesore.Yo te diría que el hecho de heredar no te influiría en el imv,sino en el momento de realizar la venta de la casa heredada,pero por lo que dices tú hermano se queda a vivir en esa casa por lo que deberéis hacer frente a la aceptación de la herencia y nada más.En el momento de la venta si se producirá un incremento patrimonial ( diferencia entre precio de venta y de adquisición del inmueble) que hará que tú patrimonio pueda aumentar y es ahí donde debes tener cuidado de junto al resto de tu patrimonio no sobrepasar lo que establece el imv ( por ejemplo para una persona sola 21750 aprox.)
Hola,yo te diría que un préstamo no es un ingreso sino que es una cantidad a devolver y más si es para comprar tu vivienda habitual Otra cosa es que pidas un préstamo y lo dejes quieto en tu cuenta bancaria,pues la seguridad social vería que a finales de año tienes un patrimonio que espera 3 veces la renta garantizada ( hablo en general,pues no conozco tu unidad de convivencia).Espero que el año de pedir el préstamo y el de la compra de la vivienda así el de empadronamiento en tu nueva vivienda fuese el mismo,pues si fuese así no veo nada lógico que te hayan extinguido el imv.
Luckie32 yo antes tenía dudas sobre si te pertenecía una subida o no porque no aporta as datos( documentos) ahora ya no tengo ninguna y se que pasarás a cobrar algo más de 400 euros y tendrás derecho a atrasos
Jajaja Riteckg casi clavado...si ya se que los bonos no se cuentan para el incentivo es que respondí de forma aproximada y ni recordaba las cantidades de 200+bono térmico y así a groso modo puse algo más de 200 que sumados a sus rendimientos de trabajo son lo que habría que restar de sus 7250 y dividir lo resultante entre 12 para calcular su imv.Quería ver si tenía derecho al incentivo al empleo pero por desgracia vi que no podía.Pero si,algo más de 400 euros le debe salir con sus correspondientes atrasos al aumentar la cuantía respecto a febrero.