Ya esta bien...apm...entiendo que vives de los seguros, y que los precios que ofreces no son nada competitivos, pero desde luego ....aunque regalaras las polizas...ENTIENDO QUE TU CARTERA SEA muy muy chikita...con esos modalesss....
Deja de insultar a la señora, por que mire por su economia como hacemos todos...
o..tu...eres millonario?????
Y desde aqui mi apoyo para pokerface...y sigue luchando por la injusticia que han hecho contigo...
Pues como te dice el compañero oriol, es cuestion de matematicas..pide prespuestos y mira a ver si te ahorras mas de 120 euros, todo lo que pase de esa cantidad..."pa la buchaca"
saludos
Lo primero que yo haria , es quitar cualquier seguro del banco, y mas de la caixa...te estan cobrando mas que cualquier compañia de seguros,
en cuanto a la cobertura de desempleo, es muy muy dificil cobrar eso..entre otras muchas condiciones que tiene su letra pequeña, esta que tienes que tener un contrato indefinido y el motivo de quedarte en paro sea un despido improcedente, si no es asi....te dan morcillas..
hazme caso y mira el seguro fuera del banco...
al enemigo ni agua...ademas ahorraras unos euros...
jay-jay, dejate de chorradas y vete a lo seguro y con la ley en la mano:
"El contrato del seguro de vida se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980 de 8 de octubre de Contrato de Seguro, asi como por lo establecido por Real Decreto Legislativo 6/2004 de 29 de Octubre por el que se aprueba el texto refundido por la Ley de Ordenacion y supervision de los Seguros Privados y por su reglamento aprobado por el Real Decreto nº 2846/1998 20 de Noviembre.
DISMINUCION DEL RIESGO ASEGURADO Y EXTORNO DE PRIMA:
En el caso de amortizacion anticipada TOTAL o parcial, que afecte a la cuota mensual, el Tomador podra EXIGIR a la entidad aseguradora,la disminucion del capital asgurado Y EN SU CASO LA EXTINCION DEL CONTRATO DE SEGURO.En ejercicio de la solicitud del Tomador, la Entidad Aseguradora, procedera al extorno de la prima no consumida"
Eso lo tienen que cumplir o si o si, asi que haz una carta de reclamacion, dirigida al SAC(servicio de atencion al cliente ) de tu entidad..y copia textualmente lo que te he puesto arriba..
YA ESTA BIEN DE DEJARNOS ABUSAR POR LOS BANCOS....ES HORA DE RECLAMAR NUESTROS DERECHOS...
sin lugar a dudas, anual/ renovable...ni te lo pienses contrarlo con otra modalidad, Eso si, busca y compara, hay mucha diferencia en precios de seguros de vida de unas compañias a otras...
no te quedes con el primero que te ofrezcan....
Exactamente compañero, cuando quieras , te hago la prueba....enviame unos datos (imaginarios ) y te lo demuestro..y te digo que es bastante la diferencia de precio.....
Siento discernir de mis compañeros, pero , en mi caso, la vivienda secundaria es siempre mucho mas barata que la principal,, (en la compañia para la cual yo trabajo).
Como bien dice, las joyas y objetos de valor estan normalmente cubiertos en la primera vivienda, y en cuanto a la responsabilidad civil del cabeza de familia y familiar, tambien queda cubierta por el seguro de la primera vivienda.
En cuanto a la vivienda de tu padre, tendriais que poner en la poliza de seguro, vivienda propiertario deshocupada..
Un saludo
Me apunto "frase del dia" o mejor dicho la del "mes" o....la del año????? ja ja ja
Y que haces en este foro? si no me equivoco este es un foro dedicado a los seguros...creo que no eres coherente chico...si esa es tu opinion, es respetable, pero no se que cxxxx haces aqui????
sin acritud ;)
Karla , yo veo como profesional los dos bastante cortitos, y sobre todo lo de la RC...hace mil años que no se pone 150.000 de responsabilidad civil,
La cantidad habitual es 300.000 euros,
como dice el anuncio, busca , compara precio y coberturas y quedate con el mejor...tanto en precio como coberturas, no te dejes cegar por las nuevas ofertas de arrreglos de electrodomesticos, que todas esas coss llevan su letra pequeña. ya que cuando no te dejan mas de dos partes anuale, te meten otra cosa.....cuidadin cuidadin...
Salduos
Si de verdad te estan haciendo eso, son unos sinverguenzas, con todos mis respetos, ya que la ley no es con caracter retroactivo, solo es para polizas de nueva produccion,
si es cierto que te lo han hecho asi, ya puedes cancelar la poliza y hacertela en otra compañia , mas seria y menos ladrona...
De no ser asi, me comere mis palabaras.....
saludos