A mi desde luego no me han cobrado ninguna de las dos.
La de la informacion registral me la ha cobrado el registro en concepto de Fax Art. 175. R. Notarial. Estate al tanto que no te la cobre el registro, si te lo quieren cobrar les llevas la factura del notario, que presuntamente lo ha tenido que pagar al registro para luego repercutirtelo a ti. Aunque con la voracidad recaudatoria de esta gente no me extrañaria que quisieran cobrarlo dos veces, y si cuela, cuela.
Habria que ver tu escritura de hipoteca para saber a que se refieren esos conceptos de cancelacion prohibicion disponer.
Lo demas parece todo mas o menos correcto.
Este hilo ha sido de mucha ayuda para la gente por lo que hay que estar agradecido a todos lo que han colaborado.
Deciros que ayer fui yo a recoger la escritura, y ya iba yo preparado para la refriega con todo lo aprendido aquí, pero el notario me facturo correctamente y gracias a dios no hubo opción a discutir.
Resumo la factura:
Importe de la hipoteca sin intereses ni costas ni gastos: 93577,58
Base de calculo para la aplicación del arancel: 65.504,30
Derechos: (aplicada reducción 5% RDL 8/2010)
Matriz (Num.2) (Reducción 50+5) 118,19 euros
Suplidos:
Papel matriz 7x0,15 1,05
Papel copia autentica 7x0,15 1,05
21%IVA sobre 118,19 24,82
TOTAL 145,11
Ahora voy al registro.
Supongo que sin problemas.