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Insubordinado 11/06/13 08:23
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Saludos Ff_pp_, es cierto lo que dices, pero si alguien tenía 20.000 € y se mete en un juicio tendrá que pagar a su abogado y eso suele ser un buen pico. Además, si gana el juicio porque no sabía que era deuda subordinada lo que contrataba, puede que le descuenten los intereses de más percibidos. Sinceramente, yo estaba convencido de que el palo iba a ser al revés; perder el 80% en vez del 20%. Meterse en un juicio por 5.000 € que no van a ser 5.000 € y además nunca hay seguridad absoluta de ganarlo, pues yo no lo haría, pero cada cual es cada quien. Saludos
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Insubordinado 11/06/13 01:34
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Buenas a todas/os, hace tiempo que no entraba en en foro y lo acabo de hacer al ver la noticia de la resolución del FROB: http://www.frob.es/notas/20130610_SLE_cx.pdf Estoy cansado ahora para ponerme a repasar todos los posts. A ver si alguien me puede dar alguna conclusión de lo que ha pasado / se prevé que va a pasar. No sé si mi interpretación es correcta, pero mirando por encima el documento, he visto que en la página 32 establece una devolución (en acciones) del 90% del nominal para la séptima y octava emisiones de deuda subordinada, a la que hay que restar un 13,80% de recompra de esas acciones por parte del FGD, siendo el resultado final el 77,58 % en dinero líquido. ¿Es así? Si así fuera y después de tantos temores, no me parecería tan terrible. Saludos
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Insubordinado 23/05/13 23:46
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Saludos Gargantaprofunda, tu obligación es denunciar las irregularidades o posibles delitos (fraudes) que conozcas. La obligación de denunciar un delito está referida en los artículos 259, 262 y 264 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Y la estafa (cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno) es un delito. Si no son delitos sino meras irregularidades puedes dirigir un escrito a la CNMV con dichas denuncias. Allí sí que puedes incluir correos electrónicos que hayas obtenido en tu trabajo. Si tu eras uno de los destinatarios o casualmente ha llegado a tí (no por medios ilícitos) ese correo con su contenido te pertenece igual que a cualquiera del resto de los destinatarios o personas que hayan tenido acceso a él por medios lícitos (mira el caso Urdangarín y Diego Torres). Se supone que de la CNMV te contestarán diciendo que te han asignado un número de expediente (referencia de la reclamación). Pues bien, si no quieres publicar datos privados, puedes escribir en este foro: "hay un correo electrónico en el que se dice tal y tal cosa, dicho correo electrónico está en poder de la CNMV con el expediente o referencia número X". Después un Juez puede, a petición de un demandante, reclamar a la CNMV dicha información (sabiendo el número de expediente). De esa manera no vulneras la ley de protección de datos, pero pones a disposición de los demandantes una prueba que les pueda ayudar en un juicio.
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Insubordinado 23/05/13 00:11
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
En este sentido, music0058, quisiera daros una idea contemplada en nuestro derecho y que no tiene gastos de abogado ni procurador y se puede hacer en un juzgado por cada uno de vosotros sin más. Se trata de los artículos 460 y siguientas de la Ley de Enjuiciamiento Civil del año 1881 http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/lec.l2t1.html#a460 Esos artículos aún no se ha derogado aunque la mayor parte de esa ley ya está derogada. Consiste en ir a un juzgado y (sin necesidad de abogado, insisto) presentar un escrito (cada cual como mejor lo pueda hacer) pidiendo un acto de conciliación y añadiendo FUNDAMENTOS DE DERECHO (copiando los artículos 460, 463, 464, 465, 466, 467, 468 y 469). No sé si los de Catalunya Banc se presentarán al acto de conciliación, pero para quien lo intente, en mi humilde opinión tiene varias ventajas: - Demuestra una voluntad del demandante solucionar el tema evitando gastos judiciales (con lo que es más fácil que no condenen a costas si en el futuro no tiene más remedio que interponer una demanda). - Interrumpe la prescripción (art. 1973 del código civil) por si toca algún juez en el futuro que vaya a aplicar a rajatabla los cuatro años del artículo 1.301 del código civil. Puestos a soñar, si los argumentos son contundentes, tal vez se podría llegar a un acuerdo por este método... Saludos
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Insubordinado 22/05/13 23:44
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Dichosos los ojos. No hay mal que por bien no venga. Al final, seguro que has salido mejor parado que la mayoría de tus ex-compañeros que despedirán en breve. Aunque también lo habrás pasado mal durante el proceso. Bienvenido amigo.
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Insubordinado 20/05/13 15:21
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Buenas Cmm66; ¿estás seguro de que tu padre firmó el folleto informativo? En realidad, no hay un espacio para la firma. Una cosa es que les dieran el folleto informativo, otra cosa es que firmaran haberlo recibido y leído. Si no te consta que tengan la firma de tu padre estampada en el folleto informativo, mi consejo es decir que no firmó la recepción de dicha información. Saludos
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Insubordinado 15/04/13 14:35
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Gracias Vvvv, En tu caso (no necesariamente extrapolable al resto): - No te hicieron el test de idoneidad o los resultados no concuerdan con el producto contratado. - No firmaste la recepción del folleto informativo (esto es muy importante). Lo que dices de la orden de compra, pues eso si que podría ser extrapolable al resto. Sin embargo, aunque no tengo delante una orden de compra, creo recordar que sí informaba de la fecha de vencimiento. ¿nos puedes como hiciste la reclamación?¿por correo electrónico?¿con documentos adjuntos? ¿Cuánto tardaron en contestarte? Para quien se está planteando demandar, ¿consideras importante hacer previamente la reclamación ante la CNMV? Saludos y mucha suerte,
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Insubordinado 15/04/13 10:12
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
A mí me parecería una buena medida que cada vez que se gane una demanda o un arbitraje, se publique (aquí, por ejemplo) el nombre y apellidos del director/empleados del banco que intervinieron en ese contrato viciado. No sé si va contra la ley de protección de datos o es información pública que debe estar en conocimiento de futuras víctimas potenciales de esta u otra empresa para la que puedan trabajar. Es mucho más efectivo que protestar en una sucursal, pues con esa excusa los empleados no hacen nada ese día y hasta están agradecidos.
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Insubordinado 14/04/13 22:58
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Hola Cristina, El problema de los ex-directivos de la CAM no es el Banco de España ni el FROB ni la Fiscalía. El problema se llama Diego de Ramón. http://www.veirasyveiras.com/ http://www.diarioinformacion.com/economia/2012/09/21/juez-amplia-investigacion-cuotas-cam-preferentes-productos-similares/1296336.html http://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2012/01/26/diego-ramon-presentara-hoy-denuncia-colectiva-directivos-cam/381072.html http://www.diarioinformacion.com/economia/2013/02/03/ramon-pide-embargo-pensiones-exdirectivos-cam-imputados/1340033.html http://vegamediapress.net/not/4627/acusacion_popular_pide_al_juez_que_impute_a_los_exconsejeros_de_la_cam_por_dejacion_de_funciones/ Conseguirá que les condenen y conseguirá que se declare su responsabilidad civil subsidiaria. A estas alturas, uno no puede confiar en la Fiscalía ni en la madre que les parió. Si no aparece un Diego de Ramón en Catalunya, y todo parece indicar que no aparecerá, la cúpula directiva de CX se irá de rositas.
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