A lo que me refiero es que muchos depositos estructurados al estar referenciado a un valor y no tenerse en cuenta el ajuste por scrip dividend, han hecho perder dinero al cliente de forma fraudulenta.
Tal vez algunos jueces, no su mayoría, realmente los que han conseguido que se anulen muchas de las cláusulas abusivas son los ciudadanos que han acudido hasta los Tribunales y que han arriesgado su dinero y su tiempo para reclamar lo que era suyo.
Los jueces han mirado para otro lado en la inmensa mayoría de los casos y casi nunca han actuado de oficio cuando se ejecutaban hipotecas con cláusulas abusivas.
Sin recordar el bochornoso espectáculo que jueces del Supremos dieron con la sentencia de cláusula suelo negando la retroactividad de las devoluciones y para qué hablar del último espectáculo con los AJD,.....
Muy buen articulo y gracias por el resumen de lo dictado por el Tribunal Supremo.
Aunque dudo que sea la solución final, ya que son muchas cláusulas que cada una va a seguir teniendo distintas interpretaciones.
Por ejemplo la comisión de apertura o comisión de estudio, que en algunos cosa se cobran estas dos comisiones a la vez. La comisión debe compensar un gasto o servicio real realizado y no forma parte del precio, por lo que considero que no es adecuado el criterio del Tribunal Supremo, por lo que seguirán las interpretaciones.
La tasación fija un valor de la vivienda y es un gasto prescindible para la concesión del prestamo ya que la propia compraventa determina el verdadero valor de la vivienda en el momento que se produce.
Y con respecto al resto de los gastos van a seguir existiendo interpretaciones que irán modificando las sentencias del Supremo.
Creo que con el tiempo veremos muchos cambios y existen aún muchas cláusulas abusivas que se siguen cobrando que irán desapareciendo y se pondrán otras....
En el enlace que adjunto se puede ver el video con la presentación de la petición para la creación de un organismo que resuelva de forma vinculante las reclamaciones de los ciudadanos ante los abusos bancarios y el debate que se celebró en el Parlamento Europeo
https://lacalle.eu/la-eurocamara-atiende-nuestra-peticion/
Hoy pudimos defender en el Parlamento Europeo nuestra petición de creación de un organismo que resuelva de forma vinculante las reclamaciones de los ciudadanos ante los abusos bancarios.
Ha tenido buena acogida.
https://www.lavanguardia.com/politica/20181122/453091579920/reclaman-en-eurocamara-un-organismo-para-resolver-abusos-bancarios-en-espana.html
Esto aún dará muchas vuelas.
A las cooperativas de créditos no les afecta, por lo que tendrán que rectificarlo o bien tendrían una ventaja competitiva con respecto a los banco que no es lógica.
Acabará llegando al TJUE ya que los AJD es una de las cláusulas que repercutían los bancos a los clientes en la concesión de los préstamos hipotecarios, y dicha cláusula el TS ya la declaró NULA.
Y lo que es nulo no se puede moderar, es nulo y punto.
Por lo que llegaran los recursos y pasará como con la no retroactividad de las cláusulas suelo.
Y ojo! Que
el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su reciente Sentencia de 14 de junio de 2012, ha advertido que el Juez no puede modificar ni integrar el contenido de una cláusula declarada nula por abusiva.
Por lo que este asunto va a traer cola.....si llega al TJUE es probable que se pronuncie en los mismos términos.
Hay que leer con detalle la sentencia publicada que se ha dado a conocer hoy.
El tribunal Supremo sentencia que:
La cláusula litigiosa es nula por abusiva, al atribuir, indiscriminadamente y sin distinción, el pago de todos los gastos e impuestos al prestatario.
Por lo que obviamente se pueden hacer muchas lecturas sobre la cuestión.
Una lectura favorable al consumidor sería que no se pueden atribuir todos los gastos de constitución, por lo que dicha cláusula es abusiva y por lo tanto nula.
Y lo que es nulo no se puede moderar, es nulo y punto.
Por lo que el banco tendrá que devolver todos los gastos, incluido el AJD.