Ahora mismo he vuelto a probar el acceso vía web y sí me ha funcionado. Eso sí ninguna respuesta a mi solicitud de ayuda vía mail ni referencia alguna en la web a problemas técnicos.Lo dicho en cuanto me venzan las imposiciones, este invierno, me voy.
Un banco cuyo canal de comunicación para URGENCIAS de tarjetas o de acceso es un teléfono que funciona de ¡9 a 19 horas de Lunes a Viernes!.Hoy no me funcionan las credenciales y no hay manera de contactar. En cuanto lo solucionen me largo.
Hay una resolución del TEAC, que Hacienda ha hecho suya que dice: La Resolución de 24 de octubre de 2022 dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Central (número de resolución 00/08719/2021/00/00), en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio, fija el siguiente criterio: “Cuando se perciban prestaciones de diversos planes de pensiones, la reducción prevista en el art. 17.2.c) T.R. de la Ley del I.R.P.F., por aplicación del régimen transitorio de la D.T. duodécima de la Ley 35/2006, podrá aplicarse a todas las cantidades percibidas en forma de capital (pago único) en el ejercicio en el que acaezca la contingencia correspondiente y en los dos ejercicios siguientes, y no solamente en un ejercicio.” Si consultas al gestor de tu plan de pensiones seguro que está mejor informado que "Caser"
Las aportaciones anteriores a 31 de diciembre de 2006 (y su rendimiento) pueden gozar de una reducción del 40% si las rescatas en forma de capital en los dos ejercicios posteriores a la jubilación o hecho causante. Además hasta ahora hacienda interpretaba que solo podías aplicar esa desgravación en un ejercicio pero ahora existe una resolución que permite hacerlo en cada uno de los ejercicios, es decir hasta tres (el del hecho causante y dos más). Eso sí para evitar problemas mejor dividir el plan en tres planes distintos y utilizar uno en cada ejercicio.
La regulación del precio de venta ya existe, se llama "valor de referencia". Y justamente funciona al revés de lo que comentas. El precio de venta debe ser igual o mayor que el que marca su "valor de referencia". ¡Perfecto para bajar precios!
SÍ, tienen obligación de comunicar cualquier circunstancia que pueda provocar bloqueo de la cuenta, incluida caducidad de DNI.Comprendo que en este hilo hay muchos usuarios interesados en "colocar" sus "códigos amigo". Yo solo pretendía compartir mi experiencia con el banco por si a alguien le pudiera ayudar.
Yo he consultado hoy mismo y me han negado la existencia de ese deposito. Me han indicado un maravilloso seguro a 2 años con TAE de 2,90 garantizado a termino. También otro deposito al 1% de hasta 30.000 €. No se si hará falta tener una posición de 1.000.000 €, o dar con el gestor adecuado. El que me ha tocado era un suplente del suplente del titular pero le he dicho que me llevaba mi liquidez y ni se ha inmutado.
Poca concrecion sobre las condiciones y poca coherencia con el titulo. Por ejemplo N26 no admite empresas con forma societaria sino autonomos individuales. Bankinter no da información de la cuenta cuando pinchas el enlace. Las otras como Banc de Sabadell tienen comisiones de una u otra forma.Sería deseable mas rigor a la hora de publicitar cuentas para empresas ya que más parce que hay un interés respecto al anunciante.