Puedes hacer lo que quieras y más con ese efectivo. Si en un año no estimas que vayas a comprarla yo si haría algun plazo fijo incluso varios por si necesitas parte del dinero y en varios bancos y plazos para que no te venza todo junto (esto ya manías personales). Si quieres abrir la cuenta hazlo y si aún te lo quieres pensar pon 9000 separados en una cuenta y luego cuando llegue la hora de la declaración (abril-mayo) pues te piensas si es o no una cuenta vivienda y la declaras como tal.
Gracias a ambos... parece mentira que a 3 meses de que esto se aplique (o menos) aún no haya acuerdo. Yo soy partidario de lo que dice alrodrigo, ya que desgravas dentro de unas condiciones no te las peuden cambiar siempre que las cumplas. La interpretación que hace lunatico también podría ser válida no digo que no pero si ha de prevalecer el criterio que te apliquen la norma fiscal del momento aunque no cumplas en aquel entonces tu ya estás acogido a lo anterior por que es un 'derecho adquirido'.
Veremos en que queda por que como digo a menos de 3 meses de ese sustancial cambio parece que todo sigue en el aire.
El tema está en que JAMAS JAMAS debes pactar un liquido con una empresa, tu al bruto que es lo que te toca, luego ya arreglarás cuentas con hacienda, ya que tener o no tener hijos y algunas otras cosas hacen cambiar las retenciones a cuenta que no quiere decir que luego en la declaración te salgan unas cosas u otras. Mi recomendación (entre comillas) es que uno los trabajdos el sueldo se ha de pactar en bruto.
A ver lunatico que tu me has hecho un lío ahora.... si yo tengo la cuenta vivienda lo que ya me he deducido deducido está siempre que se destine a la compra de una vivienda antes de la caducidad de la cuenta vivienda, independientemente de si cumplo o no los nuevos requisitos para deducir ya que los antiguos si que los cumplia (no había ninguno) y compro la vivienda antes del fin de la caducidad de e´sta. Por esa regla de 3 los que están deduciendo actualmente por compra de vivienda y pasan del límite tampoco deberían deducirse el próximo año.
Un deposito también es una cuenta al fin y al cabo o no?¿? Tu ponlo en el sitio que más te convenga.
http://www.tucapital.es/blogs/informacion/cuentavivienda.html
Esto quizá te aclare más.
Yo no pondría mas que los 18 mil en esa cuenta, el rsto ponlo en otras ya que eso es lo que te puedes deducir aunque si son 2000 euros más no pasa nada, lo único que esos no los podrás deducir pero deberás destinarlos a vivienda.
Si te dan el 4% está bien en esa cuenta a no ser que te quieras liar a cambiar de bancos pero para empezar ya está bien esa.
Yo lo metería todo en esa 2038 y declaralo como cuenta vivienda el proximo año, así de facil y perfecta y totalmente legal.
Con el dinero de la cuenta vivienda no puedes hacer otras cosas, es un 'ahorro' pero evidentemente lo puedes cambiar de sitio.
Si estimas que no comprarás antes de finales de 2011 podría ser un buen sitio un depósito a un año que suelen dar algo más, si ya estás buscando o buscarás en menos plazo pues puedes tenerlo en cuentas que remuneren mes a mes como ibanesto.
Si, eso si, en el 2011 ya que haces la declaración del año 2010 la deducción existe... pero también considerando que son 4 años cuando la abres para poder desgravar pues en la declaraciónd e 2011 que se hace el 2012 'debería' poderse por algo 'transitorio' igual que los que ya tieenn la vivienda comprada podrán seguirse deduciendo.... era mi duda pero vamos que seguramente sea que NO, eso si los plazos para comprar si se han de mantener entiendo que seguirías teniendo hasta el 31 de diciembre de 2012 para hacer la compra y no devolver lo desgravado en los ejercicios de 2008, 2009 y 2010.
Tu mismo, a mi lo que me parece lioso es perder los intereses de tu dinero a cambio de que el banco se beneficie solo por darte un producto con el nombre de lo que tu buscas cuando sirve cualqueir cuenta o IPF para lo mismo, ahora ibanesto da el 3,6% con disponibilidad total y otras cuentas remuneradas sin necesidad de comprometerte a plazos también dan más del 2% por ahí... perder eso por lo otro no es necesario, ahora tu caja o banco (parece Cajamadrid... que no tiene a bien ni informar en su web d ela rentabilidad http://www.cajamadrid.es/CajaMadrid/Home/cruce/0,0,36014,00.html que seguramente sea muy escasa) te agradece infinitamente que le dejes el dinero casi gratis.
De todos modos la desgravación la podrás hacer sin problemas, eso si recuerda que estás 'comprometido' a comprar una vivienda habitual antes de 4 años (si abriste el 31 de diciembre de 2009 sería hasta el 31 de diciembre de 2013)... y si no a devolverlas cantidades.
No tiene por que ser siempre la misma cuenta, cada ejercicio puede estar en un banco o una cuenta distinta, lo importante es que el dinero al final sea destinado a eso y que siempre se incremente, es decir no lo uses durante el año para otras cosas pero eso tampoco se comprueba. Traspasa ese dinero junto con otros 9000 euros para este año y juntalos todos en un depósito a plazo, eso es lo que declararas el año que viene como cuenta vivienda.
Si tu banco no los quiere esos 19 mil euros otros los quieren y pagan las ipf a un año al 4,5%.
Te dirán cualquier cosa pero no tiene por que ser la realidad. Una IPF sirve como cuenta vivienda... ahora al banco le interesa más venderte una 'cuenta vivienda' de las suyas que con la excusa de que desgrava pues te dan un interés ridículo aprovechándose del nombre que le ponen al producto pero cuenta vivienda es aquella que tu consiganas en la declaración de la renta.