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Participaciones del usuario Kyrie lomthe

Kyrie lomthe 05/03/19 18:42
Ha comentado en el artículo Real Decreto de los alquileres, segundo intento
A mi esto me ha llamado poderosamente la atención... Durarán cinco años los arrendamientos de vivienda ajena que el arrendatario haya concertado de buena fe con la persona que aparezca como propietario de la finca en el Registro de la Propiedad, O QUE PAREZCA SERLO EN VIRTUD DE UN ESTADO DE COSAS CUYA CREACIÓN SEA IMPUTABLE AL VERDADERO PROPIETARIO, sin perjuicio de la facultad de no renovación a que se refiere el artículo 9.1, salvo que el referido propietario sea persona jurídica, en cuyo caso durarán siete años. Esto va a traer cola señores...
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Kyrie lomthe 26/10/16 21:27
Ha respondido al tema Cambio domicilio fiscal en el extranjero
No soy asesor, soy sólo alguien que sabe un poco de estos temas y aporta lo poco que sabe y es así como nos vamos defendiendo con la Administración; como hasta ahora me voy solventando yo los problemas según lo que investigo aquí y allá tampoco conozco ningún asesor que pueda recomendarte para hacer la gestión. Un saludo y mucha suerte.
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Kyrie lomthe 25/10/16 09:19
Ha respondido al tema Cambio domicilio fiscal en el extranjero
1) Sí, sería conveniente que informases a la Seg. Social de tu cambio de domicilio pues siempre es conveniente que tengan la dirección actualizada. 2) Al residir fuera más de 183 días ya no deberías estar tributando por IRPF sino por IRNR (Impuesto de la Renta de No Residentes, el IRPF para los que viven fuera); suele tener tipos menores. Respecto a la pensión, seguramente sí que te quitarían algo PERO seguramente también te lo podrías deducir allí por doble imposición. Te pongo un link que te puede ser de utilidad: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Normativa/Normativa_tributaria_y_aduanera/Impuestos/Impuesto_sobre_la_renta_de_no_residentes/Impuesto_sobre_la_renta_de_no_residentes.shtml
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Kyrie lomthe 10/10/16 22:49
Ha comentado en el artículo La eterna pregunta ¿Hipoteca a interés fijo o mantenerse en variable? *240*
Sí, sí has conseguido el objetivo, de hecho el comentario fue dicho con ironía. La cuestión, que has expresado muy bien, es que el problema fijo/variable es un problema que no es de solución única (no siempre es mejor el fijo o el variable), depende de muchos factores que muchas veces no se consideran o no se quieren considerar (no queremos leer, entender y pensar) y se quiere una solución única y estándar para todos los casos cuando eso no es posible, de ahí la ironía de la "pérdida de tiempo" porque has empezado a ver cual era el mejor para al final no saber cuál es el mejor, lo cual es por la sencilla razón de que no hay uno mejor, sino que hay que ver cuál es el mejor para cada persona.
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Kyrie lomthe 14/05/16 09:56
Ha respondido al tema Jubilado compra piso hipoteca. Fiscalidad
Sin entrar a valorar si sois residentes o no, porque si no lo fuerais no deberíais declarar por IRPF sino por IRNR por el piso alquilado (el IRPF para los que no residen en España), para el 2015 no os saldría a pagar nada con esos datos, son importes muy bajos como para que salga a pagar; no obstante habría que meter también intereses obtenidos en el extranjero y demás. Por otra parte si tu esposo no es residente en España no ha de presentar el IRPF (ni pueden obligarle) sino el IRNR y sólo por el piso. No temas usar el programa PADRE, siempre y cuando no envíes la declaración no pasa nada.
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