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Participaciones del usuario María Granel - Impuestos

María Granel 21/03/19 16:19
Ha respondido al tema Error en la descarga Guia
Buen día,  Hubo un error con la descarga de la guía pero ya está solucionado, por favor, vuelva a intentarlo aquí:  Manual Declaración anual 2019 - SAT Disculpe las molestias. Un saludo!  
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María Granel 14/03/19 14:06
Ha respondido al tema Declaracion anual de asalariados
Buen día,  Si solo recibiste ingresos de un patrón y estos son inferiores a 400,000 pesos no tienes la obligación de realizar la declaración anual de asalariados.  Aquí tienes más información sobre ello:  ¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración anual de personas físicas? Saludos.   
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María Granel 14/03/19 14:01
Ha respondido al tema Declaracion anual Personas Morales
Hola Magdita,  La podrás encontrar aquí:  https://www.sat.gob.mx/declaracion/58049/declaracion-anual-de-personas-morales-en-el-servicio-de-declaraciones-y-pagos Saludos. 
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María Granel 13/03/19 15:57
Ha respondido al tema Alta en hacienda
Buen día, La forma más sencilla de comenzar un negocio es como persona física, no requiere gastos legales de inicio como notarios o similares. Todas las utilidades las puedes disponer libremente, a diferencia de una persona moral que el flujo de dinero está controlado y se debe justificar cada gasto. Además, dependiendo de tu actividad, puedes acceder a distintos tipos de regímenes de incorporación fiscal.  Sin embargo,  al operar como persona física eres responsable directo ante cualquier contingencia legal, respondiendo hasta con tu patrimonio personal en caso de que el flujo de dinero del proyecto no sea suficiente para poder hacer frente a las obligaciones. Esto no ocurre con las personas morales, cuya capacidad se encuentra limitada en base al fin perseguido.  Lo mejor es que te asesores con un profesional, ya que dependiendo del tipo de proyecto y de las expectativas de futuro del mismo te interesará más darte de alta como persona física o como persona moral.  Saludos. 
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María Granel 12/03/19 16:36
Ha respondido al tema Declaración 2019
Buen día,  Por lo que tengo entendido, el pago por deducible del seguro no sería deducible.  Sí son deducibles los "Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales".  Por último, también lo son los intereses hipotecarios. Aquí puedes consultar como deducirlos:  ¿Cómo deducir intereses hipotecarios en mi declaración anual - ISR? Saludos. 
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María Granel 12/03/19 13:15
Ha respondido al tema Duda para declarar
Hola Ulina,  Deben presentar Declaración Anual, las personas físicas que hayan obtenido ingresos por los siguientes conceptos (entre otros): Prestar servicios profesionales (honorarios)  Rentar bienes inmuebles Realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal  Enajenar bienes  Adquirir bienes  Otros ingresos, por ejemplo: las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios o por penas convencionales. En cuanto a los asalariados, estás obligado a presentar Declaración Anual si percibiste ingresos por salarios y te ubicas en alguno de los siguientes supuestos: Obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos.   Si dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate. Obtuviste ingresos de dos o más patrones de manera simultánea. Obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, etc.), además  de salarios. Percibiste ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso de Organismos  Internacionales. Si sólo obtienes ingresos por salarios puedes presentar tu Declaración  Anual con la opción Declaración Anual de personas físicas con ingresos por salarios. En este artículo encontrarás más información sobre la declaración anual:  ¿Cómo presentar mi declaración anual 2019 - SAT? Saludos. 
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María Granel 11/03/19 13:39
Ha respondido al tema Dudas sobre declaración 2019
Deben presentar Declaración Anual, las personas físicas que hayan obtenido ingresos por los siguientes conceptos (entre otros): Prestar servicios profesionales (honorarios)  Rentar bienes inmuebles Realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal  Enajenar bienes  Adquirir bienes  Otros ingresos, por ejemplo: las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios o por penas convencionales. Asalariados obligados a presentar declaración anual. Estás obligado a presentar Declaración Anual si percibiste ingresos por salarios y te ubicas en alguno de los siguientes supuestos: Obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos.   Si dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate. Obtuviste ingresos de dos o más patrones de manera simultánea. Obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, etc.), además  de salarios. Percibiste ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso de Organismos  Internacionales. Si sólo obtienes ingresos por salarios puedes presentar tu Declaración  Anual con la opción Declaración Anual de personas físicas con ingresos por salarios. En el caso de los asalariados en México, la empresa (pública o privada) hace generalmente las declaraciones y el trabajador no requiere hacer nada, PERO si tiene un crédito Infonavit o Fovissste y quiere que se le regresen algunos impuestos, es necesario solicitar que la empresa no haga la declaración anual y firmar una hoja autorizando que así sea.  Aquí tienes más información sobre la declaración anual:  ¿Cómo presentar mi declaración anual 2019 - SAT? Saludos. 
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María Granel 08/03/19 12:38
Ha respondido al tema Declaración anual 2019
Hola Emilyb, Si eres persona físca, tienes todo abril para presentar tu declaración anual. Sin embargo, ten en cuenta que quienes reciben ingresos únicamente por salarios o salarios más intereses nominales hasta por 20 mil pesos quedan exentas de presentar la declaración anual, o pueden presentarla en cualquier momento del año. En cuanto a la información precargada, desconozco cuál puede ser el motivo, lo mejor es que contactes con el SAT y seguramente te ayudarán a resolverlo.  Saludos. 
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