Hola Mapi, Supongo que ahora con estas fechas, todo se retrasa. Yo cuando estaba a punto de los 18 meses y antes de que me citarán, escribi a mi empresa y comenté que a ser posible no me pagarán las vacaciones hasta que se supiera la resolución. Yo prefería que así fuera. Y me contestaron que ok. A los 18 meses, en mi caso ya me empezó a pagar la mutua, 75%, solo un mes, porque enseguida me cito tribunal etc... Un saludo
Claro, por eso pregunto. Si tienes trabajo y preveen mejora, te ponen la frase, para protegerte por si acaso. Te han mareado mucho, pero ahora por fin, parece que lo tienen claro. De donde eres? Un saludo
Muchas gracias por contarlo. Ya tiene pinta que te dejan tranquilo. Una pregunta, tú estabas trabajando? Te pusieron la frase de se prevee mejoría , la primera y o segunda vez? Muchas gracias
Hola Fran, No se lo que has querido poner. Aqui tengo guardado como estaba antes, la URL ya no funciona, pero si tengo el texto que nos importaba; Lun 03/06/2024 9:38https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/tengo-mas-de-55-anos.htmlEntre los que destacó estos 2 puntos como requisitosPunto 1Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.Punto 2Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que estabas percibiendo (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación), o desde la fecha de la inscripción como demandante de empleo si se accede al subsidio por ser emigrante retornado, liberado o liberada de prisión o por revisión de la incapacidad, y no haber rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio. Ahora lo que pone es esto:https://www.sepe.es/HomeSepe/es/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/tengo-mas-de-52.htmlOs podeis meter, no pone nada de incapacidad.Un saludo
Yo me he metido en la pagina del SEPE directamente, y antes lo ponía bien claro. Que era una de las situaciones para poderlo cobrar. Lo ponía explícitamente. Igual que ponía que era una situación de las que se considera de desempleo o asimilida. Desde luego ya no está puesto de esta forma. Y os en un olvido enorme, o no se. Cuando puedas leete eso y nos cuentas, yo tengo un conocido de los buenísimos del SEPE, pero tendría que ir a verle en persona... Hoy por hoy prefiero estar tranquila... Si voy os cuento. Desde luego, si no hay esa ayuda, nos han dejado abandonados en el caso de no tener reserva de trabajo.