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Participaciones del usuario Miguel Arias - Bancos

Miguel Arias 11/11/11 13:25
Ha respondido al tema Cuenta Nómina CITIBANK. Gratis en todos los cajeros del mundo.
Hola Lucky23, Somos nosotros desde Rankia quiénes hemos de hacerte la transferencia, pero por gestiones internas de Citibank aún no tenemos la posibilidad de hacer la transferencia de esos 30€. No te preocupes que lo vas a recibir lo antes posible. Disculpa el retraso y si tienes cualquier otra cuestión, estamos a tu disposición. Un cordial saludo.
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Miguel Arias 31/10/11 20:12
Ha respondido al tema VIII Encuentro Rankia, Valencia, 19 noviembre
Hola Llunatic77, Al formalizar la inscripción con tus datos y enviarla te aparece un mensaje con los datos para realizar una trasferencia al número de cuenta que te indica. Igualmente recibirás un mensaje en tu e-mail. Un cordial saludo.
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Miguel Arias 25/10/11 14:36
Ha respondido al tema VIII Encuentro Rankia, Valencia, 19 noviembre
Hola Manolok, El NH Villacarlos está a 200 metros del Abba Acteón y es en el que se quedaron muchos de los foreros el pasado año. En el Abba Acteon el año pasado no conseguimos precios mejores que los que sacarías en Booking, pero voy a consultarlo. Un cordial saludo.
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Miguel Arias 08/09/11 17:57
Ha respondido al tema ¿De qué va esto de las rectificaciones?
Hola Cajero Malencarado, Unos comentarios en el foro sobre Cajamar realizados por un nick han llevado a su autor a esa rectificación tras llegar a un acuerdo en un acto de conciliación. Un cordial saludo.
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Miguel Arias 06/09/11 17:46
Ha respondido al tema ¿Catalunya Caixa será intervenida?
Hola Enolagay, Seguro al 100% ya no hay nada, ni la deuda del estado. El activo libre de riesgo ha dejado de existir. En cuanto a Catalunya Caixa, tú puedes tener información sobre la entidad, pero si no la publicas estás generando desconfianza sin ninguna base para el que te lee. El rating de Catalunya Caixa en este momento se puede consultar en http://www.rankia.com/banca/17580-catalunyacaixa Os ruego ser muy cuidadosos en estos temas. Un cordial saludo.
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Miguel Arias 06/09/11 16:46
Ha respondido al tema ¿Catalunya Caixa será intervenida?
Hola Elsaberokupalugar, No se puede dar por hecho contrastado un rumor, por tanto, no podemos quitar los interrogantes. En cuanto a los ahorros de los clientes, hasta ahora se ha intervenido CCM, Cajasur y CAM y los ahorros de los depositantes están salvaguardados. Aunque no se puede predecir qué pasará en el futuro. Un cordial saludo.
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Miguel Arias 06/09/11 13:56
Ha respondido al tema ¿Catalunya Caixa será intervenida?
Hola Enolagay, No podemos dejar un título de mensaje de foro del tipo que habías publicado, dando por hecho que Catalunya Caixa va a ser intervenida sin aportar ningún argumento y pidiendo a la gente que saque su dinero de esa entidad. Si conoces algo que el resto no sabemos aportalo. En todo caso si quieres ser aséptico y aportar información podrías decir por qué crees que van a intervenir Catalunya Caixa. Un cordial saludo.
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Miguel Arias 15/06/11 09:48
Ha respondido al tema Offtopic: Insultos, humillación pública, injurias en páginas de Rankia ... ¿existe política de moderación?
Hola Ninot, Como ya te expliqué en un mensaje que te remití ayer por mail el comentario puede sobrepasar el límite del buen gusto, pero no lo podemos considerar injurioso ni tan siquiera un ataque personal porque no hace un juicio de valor de ninguna persona, sino que hace un supuesto para su argumentación que, en nuestra opinión, no tiene intención de menospreciar a nadie. Si tu le firmas un poder a tu abogado y le dices que te represente, podría pactar con tu ex-mujer que le vas a pasar una pensión vitalicia de 5.000 euros mensuales, que le vas a dar la vivienda y encima tu Ibiza. Y es más, se la estará tirando en tu cama y saldrán a cenar el resto de sus vidas con el dinero que les has regalado tú mismo, con el poder que le firmaste a tu abogado super inofensivo y sincero. Eso si es un marrón... ¿en serio te da miedo un inofensivo poder de representación en subastas? Entonces el filtro de Tristán ha funcionado, se acaba de demostrar. Ver el mensaje en: http://www.rankia.com/blog/subastas-judiciales/786662-rechazando-clientes-que-sientan-rechazados?page=2#comentario_804873 Igualmente y en el contexto de la conversación con dicho usuario, ha explicado la respuesta y te ha pedido disculpas si te has sentido molesto por el comentario. De verás que no observamos ninguna mala intención en Cheetos en su comentario. Un cordial saludo.
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Miguel Arias 29/04/11 12:18
Ha respondido al tema Titularidad de cuenta bancaria
Hola Juan Ma, Mi más sincero pésame. Nabeca explicaba cómo actuar ante el fallecimiento de un familiar: Información sobre sus cuentas Se considera que, en principio, las entidades deben facilitar a quienes acrediten su condición de herederos información sobre las posiciones que mantenía el causante frente a ellas en el momento de producirse el fallecimiento, así como, en su caso, los movimientos habidos con posterioridad al mismo e incluso información sobre movimientos y operaciones concretas anteriores. Para justificar el derecho hereditario es exigible el certificado de defunción y el del Registro de Actos de Última Voluntad y copia autorizada del último testamento; a falta de testamento, será necesario que los interesados aporten el Auto de declaración judicial de herederos abintestato, o acta de notoriedad. En el Banco de España no existe ningún registro de las cuentas bancarias que mantienen los clientes de las entidades de crédito. No obstante se podríá dirigir a la Administración Tributaria, siempre acreditando la condición de herederos, para recabar datos sobre los rendimientos financieros que se le hayan podido imputar a la persona fallecida en los últimos ejercicios fiscales y que hubieran debido ser comunicados a Hacienda por la entidad o entidades en las que tuviera cuentas. De esta forma podrá conocer en que entidades tuvo cuentas el titular fallecido. Disposición de los saldos de sus cuentas Una vez justificado el derecho hereditario, debe acreditarse el derecho a la adjudicación de los bienes, para lo cual las entidades pueden exigir la documentación justificativa de la partición y adjudicación de bienes, que podrá formalizarse tanto en documento notarial como en documento privado, siempre que, en este último caso, venga firmado por todos los herederos o sus representantes. Este mismo requisito -consentimiento expreso de todos los herederos- será necesario para que las entidades permitan disposiciones de bienes singulares estando la herencia indivisa. Los herederos deben acreditar el pago o la exención del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ya que las entidades son responsables subsidiarias del pago de dicho Impuesto. (art. 8 de la Ley 29/1987 ) En cuanto a la titularidad de cuentas en Suiza supongo que será similar a España, aunque no te sabría decir con seguridad. Un abrazo.
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