Zazume es una empresa de gestión integral que aunque llevan al menos tres años, si es nueva en cuanto a la forma de realizar la gestión, pues es un servicio que pueden dar a nivel nacional al contrario de las agencias tradicionales.Tengo varios alquileres delegados en diferentes empresas (en total serán 5 empresas) y no hay una inmobiliaria o API perfecto. Eso lo debéis tener claro. Todas tienen algún fallo o algo mejorable. Trabajo con Zazume hace bastante tiempo y siempre ha ido todo bastante bien. No tengo especialmente quejas de ellos.Zazume es bastante cómodo de contratar y gestionar por parte del propietario. Quizás el mayor inconveniente es la comercialización (más que la gestión). Yo es algo que no me hicieron, pero lo he comentado con algunos amigos y ya lo he visto en alguna empresa similar. Al delegar ese trabajo en APIs locales, no siempre están tan interesados en comercializar tu producto.Pueden no ser ágiles con las visitas por ejemplo. Reservar únicamente 1 o 2 días a la semana hacer visitas. En esto va a influir mucho el APIs que lleve tu inmueble y lo diligente que sea.A mi juicio este es el punto en el que podrían mejorar.Hice esta review hace ya un tiempo por si puede aportar.https://comprarparaalquilar.com/zazume-opiniones-gestion-integral/
Es que la subida anual es del 2% la cual está limitada... el resto son subidas de años anteriores.Creo de todas formas que las posiciones están claras. ;)
Para una respuesta más precisa me gustaría ver exactamente que dice el contrato (textualmente) con lo del IPC. La redacción es importante.Pero presuponiendo que está correcto. El aumento que te podría aplicar es.Cuota inicial: 560,00 € Entre Julio de 2020 y Julio de 2021 - Nueva cuota: 576,24 €. Subida: 2,9 %Entre Julio de 2021 y Julio de 2022 - Nueva cuota: 587,77 €. Subida: 2% (limitada) Entre Julio de 2022 y Julio de 2023 - Nueva cuota: 599,53 €. Subida: 2% (limitada) En total el arrendador puede aplicar una subida del 6,9. Pero es importante el detalle que se debe aplicar los porcentajes de forma individual uno a uno, ya que el resultado cambia a aplicarlo de golpe.OJO! Lo que no te puede pedir son los atrasos de no haberte subido la renta en su momento.
Así es. La subida permitida para este año es máximo del 2%. Para el año pasado también estaba limitada la subida (desde marzo que es cuando entro la ley) al 2%. Todo esto salvo acuerdo entre las partes o que el arrendador sea gran tenedor.Si no se ha subido en años anteriores, cuando tocaba, si podrían aplicar otras subidas.Debería ver exactamente el contrato de @inquilino23
para dar una respuesta más clara, ya que puede variar según la redacción. (Si están recogidas las subidas del alquiler o no p.e.), y ver el mes de contrato. El arrendador te podría aplicar tres subidas, la del 2021, 2022 y la del 2023 ya que no te las ha aplicado cuando te tocaba (por suerte para ti).En principio (depende de la fecha de contrato) tanto la subida del 2022, como la del 2023 serían de un 2% cada una. Si me dices el mes del contrato y el importe te calculo el porcentaje que te puede subir (en la página del INE se puede ver) y la nueva cuota.Os dejo un artículo. En los comentarios hay resueltos muchos problemas de este tipo y hay muchos ejemplos prácticos.https://comprarparaalquilar.com/actualizar-la-renta-del-alquiler-al-ipc/
No tienes pq mentir si no quieres. -Sobre el porcentaje de financiación.En algunos casos vas a buscar la complicidad del director que se ofrecerá a pasarla como vivienda habitual aun sabiendo que no lo es. Tu serás sincero en todo momento. Si aún así no quieres tampoco entrar en eso puedes encontrar algún broker hipotecario que haga ese trabajo por tí. (Los q has dicho son muy generalistas y es complicado que se salgan del guión). Te voy a decir dos a los que puedes preguntar. Kiron y Novagalma.Dos últimos apuntes: El porcentaje depende del perfil q te vean los bancos (no del q tu crees que tienes). Ves con la oferta de un banco a otro para mejorarla.-Sobre el importe del préstamo.Te pongo deberes ;) Visita una caja rural de un pueblo donde las viviendas cuesten alrededor de 50k y le preguntas si financian viviendas de ese importe. Sólo te pido que escribas aquí lo que te dicen.Busca canales Telegram de inversión inmobiliaria para dejar atrás esos mitos y prejuicios. Allí puedes preguntar. O pagar una buena formación...
Me cuesta seguirte y al final lo he tenido que leer en el PC en vez de en el movil.... Enhorabuena por el post. Me parece una reflexión muy interesante que debería ser revisada por algún experto eso si. Respecto a tus conclusiones:"Mientras esté la ventaja fiscal de la reducción del 60% NO interesa amortizar la vivienda. "... Siempre que se venda el inmueble. Muchos no tenemos intención de vender y nos viene muy bien un descuento a día de hoy aunque dentro de X años tengamos que pagar un plus.Luego hay que tener en cuenta que los ingresos del alquiler tributan sobre la base imponible (según lo que "cobres" desde el 19 al 45%) y la venta de un inmueble tributa al tipo fijo desde 19 al 23%. Hay más cálculos para hacer ;)
Pues por no entrar en lo de la bolsa que no es el fondo del hilo y comparto tu opinión. En inmobiliario tienes la ventaja de delegar el alquiler y te aseguro que no te llaman con problemas de calentador (en todo caso la empresa te llamaría). En mi último contrato ni siquiera salía mi número de teléfono para que no me contactasen los inquilinos. Se puede hacer muy pasivo la verdad. Yo después de muchos años me he decidido por esta fórmula.