https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/contacta-nosotros/telefonos-interes/informacion-tributaria-basica.html Teléfono: 91 554 87 70 (accesible también a través del 901 335 533)Horario: De lunes a viernes, de 9 a 19 horas (hasta las 15 horas en agosto).El servicio telefónico de información tributaria básica facilita información sobre cuestiones tributarias y aduaneras, sobre impuestos que configuran el sistema tributario estatal, plazos, modelos, servicios de ayuda o programas informáticos para cumplimentar declaraciones, presentación telemática, o las cuestiones técnicas que planteen:Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el PatrimonioImpuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de No Residentes, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de No Residentes, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de No Residentes y tasasImpuesto sobre el Valor AñadidoImpuesto sobre Actividades Económicas y censosImpuestos Especiales. Impuestos Medioambientales. IntrastatAduanasCuestiones informáticas, portal de Internet o programas de ayudaOtras cuestiones sobre el sistema tributario estatal
Pero si el propietario declara el alquiler en su renta. No habrá ningún problema Al cruzar la información verán que coincide sus datos con los declarados por vosotras y no habrá problema
No , tú tienes un justificante del pago con los recibos de las transferencias.Si la AEAT te piden que aportes documentacion , contrato. Recibos,...cuando contestes les dices que el propietario se niega a hacer un contrato de alquiler y lo que aportas son los recibos de las transferencias