Los fondos domiciliados en España y supervisados por la CNMV pueden ser de dos tipos: armonizados (UCITS) y no armonizados. Los armonizados son aquellos en los que puede invertir el inversor particular (retail) y en esta categoría entran la gran mayoría de los fondos de autor y no de autor que se comercializan para los particulares. Todos estos fondos SON UCITS, lo ponga en el nombre o no (desde el Baelo hasta el del Santander que te coloca un director de oficina).La otra categoría, los no armonizados, y que no están gobernados por la regulación UCITS, los más famosos son los Hedge Funds (aunque aquí entran muchos otros tipos de fondos). En los fondos no armonizados sólo pueden invertir instituciones e inversores acreditados.Te voy a pedir que edites tu post en donde das información falsa, de lo contrario me veré en la obligación de denunciarlo.Un saludo
Baelo, como la mayoría de los fondos de autor, son fondos UCITS. Los fondos UCITS no te permiten prestarle el dinero del fondo a tu abuela. Los mercados en los que puedes operar, las diversificaciones que debes tener, niveles de liquidez, etc, etc están todos regulados. Un dia que estés muy aburrido te puedes leer las dfirectivas que los gobiernan: Directive 2014/65/EU yDirective 2009/65/ECPor favor no disemines desinformación.
"Si quiere, el folleto le permite prestar mañana el 70%..." Esto que pone usted es falso, y muestra desconocimiento. Por favor tenga la vergüenza de si no conoce algo al menos no afirmarlo con la seguridad que lo hace.
Lo primero que tienes que tener claro es el tipo de fondo que quieres. Hedge Fund? UCITS? Te vas a dirigir el inversor retail o al institucional? Los costes varían mucho dependiendo del tipo, el lugar donde lo registres, etc