Buenas tardes.
Mis dudas pueden ser efecto de mi superficial conocimiento sobre el cálculo del valor diario de la participación y su aplicación para la obtención del importe actualizado de la inversión.
Dudas que me aparecen cuando observo que la diferencia (aumento en este caso)del importe total de las participaciones, entre dos días consecutivos, no refleja el aumento habido en el valor de la participación entre esos dos días y aplicadas las comisiones correspondientes.
Quizás la operativa matemática seguida no sea correcta, podría ser, pero creo debería ser muy simple para todos.
Comparto vuestras reflexiones. Son excesivas muchas comisiones; pero aparte de ello, còmo se aplican, lo hacen correctamente? Me surgen muchas dudas. Alguien me las puede disipar ?
Ponte, efectivamente, es como te han informado. El arbitraje "express" como te lo denominas
es para cantidades inferiores a 10000€ por titular de la suscripción. Como seguramente la vuestra, de tu pareja y tú, sois los dos titulares, consideran 16000/2= 8000€, cantidad inferior a 10000.; y como es lógico habreis firmado los 2 la correspondiente solicitud de admisión al proceso de arbitraje de consumo.
Tu razonamiento es correcto, pero no creas que la ponderación les sale siempre bien. La bolsa es un mundo muy complejo.
Son un rosario de circunstancias las que se han dado para llegar a la la situación que se está viviendo, casí me atrevo a decir que los "tiburones" han acudido cuando han visto la sangre, (han olido la comida).
Creo que los iniciadores de la compraventa de los productos, los organismos que debían haber velado por el cumplimiento de las normas existentes, etc. son los culpables de esta lamentable situación social y económica. (aparte están los hechos puntuales que individualmente se dan). Por eso, los juzgados están llenándose de denuncias sobre este particular. Esperemos justicia firme y que el dinero regrese a sus propietarios.
El tema anterior que aparece como contestación a Mike, lo he escrito con caracter general; no sé pórque sale dirigido a tal Sr, cuando es el nº 1 de otro foro. lo lamento. Veamos que pasa ahora.
En ocasiones se realiza una venta con pèrdidas para compensar otra u otras que lo han sido con ganancias y de ese modo disminuir el importe a tributar, cuestión que se puede llevar a efecto durante cuatro ejercicios del IRPF.
Pensad que cada uno tiene circunstancias diferentes que condicionan sus actuaciones.No se puede hacer uso de la imaginación con respecto a lo manifestado por cada participante.
Buenas tardes Josanga.
Me congratulo de que te muestres reflexivo y coherente en tu escrito, aún a pesar de la rabieta que, con razón, tienes con los especuladores.
Efectivamente, LAS PRISAS NUNCA FUERON BUENAS CONSEJERAS, pero, ojo¡ sin dormirse.
Por aquello de que lo cortés no quita lo valiente, me hubiera alegrado que me contestaras, aún a expensas de indicarme lo que no te gustara.
Correspondo a tu saludo general, y como no, SUERTE y al toro.
Un apretón de manos.