Gracias Amparo por la respuesta. Desconocía que solo estaban exentos de tributación 20 dias de la indemnización por despido.
Pues me van a pegar un buen palo.
Entonces si contratara un plan de pensiones o un PPA, por el valor de esos 25 dias mas que me van a indemnizar podria esquivar o al menos posponer la tributación ¿no?
Y luego podria cobrarlo a partir de la jubilación mediante una renta temporal ...¿que te parece?