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Sagaz16 02/12/24 19:33
Ha respondido al tema Dudas amortización autónomo
El artículo 3.4 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto 634/2015), dice lo siguiente:   Tratándose de elementos patrimoniales del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias que se adquieran usados, es decir, que no sean puestos en condiciones de funcionamiento por primera vez, el cálculo de la amortización se efectuará de acuerdo con los siguientes criterios:a) Sobre el precio de adquisición, hasta el límite resultante de multiplicar por 2 la cantidad derivada de aplicar el coeficiente de amortización lineal máximo.b) Si se conoce el precio de adquisición o coste de producción originario, éste podrá ser tomado como base para la aplicación del coeficiente de amortización lineal máximo.c) Si no se conoce el precio de adquisición o coste de producción originario, el contribuyente podrá determinar aquél pericialmente. Establecido dicho precio de adquisición o coste de producción se procederá de acuerdo con lo previsto en la letra anterior. Es decir, sí podrás aplicar el duplo del coeficiente previsto en tablas para aquellos elementos adquiridos usados. 
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Sagaz16 23/11/24 22:26
Ha respondido al tema Deducción por vehículo híbrido enchufable
La Ley dice esto:Disposición adicional quincuagésima octava. Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga.1. Los contribuyentes podrán deducir el 15 por ciento del valor de adquisición de un vehículo eléctrico nuevo, en cualquiera de las siguientes circunstancias (...)Apartado 2 (...)4º) Deberán estar matriculados por primera vez en España a nombre del contribuyente antes de 31 de diciembre de 2024, en el caso de la letra a) del apartado 1 anterior, o antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de la cantidad a cuenta, en el caso de la letra b) del apartado 1 anterior En esa disposición adicional no especifica qué considera nuevo. No obstante, la Dirección General de Tributos sí se ha pronunciado al respecto en varias consultas vinculantes  (V1081-24;  V1018-24), determinando que NO podrá aplicarse la deducción dado que el vehículo adquirido es usado y no nuevo. 
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Sagaz16 15/10/24 17:56
Ha respondido al tema Pago en B
Como poder, puedes poner en conocimiento de Hacienda la sospecha, informando de los datos tanto de tu hermano como del comprador o persona que creas que pagará en B. Pero sin pruebas , difícilmente lo tengan en cuenta. La forma de hacerlo se encuentra en la web de Hacienda, te dejo enlace.
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Sagaz16 29/09/24 11:38
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
No se si he entendido mal tu comentario, estás insinuando que la obligación de declarar por obtener ganancias patrimoniales no sujetas a retención por importe superior a 1.000 euros o que el hecho imponible que supone el incremento patrimonial por recibir los productos gratis, está establecido por un 'decreto' y que sino declaras las cantidades correspondientes no te pueden hacer nada? Si es así, no puedes estar más equivocado al respecto. La obligación de informar por parte de las plataformas digitales está establecida por la Directiva 2021/514 de la Unión Europea (DAC7) y el Gobierno transpone la misma mediante un Real Decreto. Eso no significa que no sea de obligatorio cumplimiento para las plataformas digitales. Por otra parte, todo el tema de la obligación de declarar y la calificación de las rentas obtenidas está recogido en la Ley 35/2006, del IRPF. La obligación de declararlo siempre ha estado, no ha sido implementado por ningún decreto y no hay ningún vacío legal como insinúas. Cosa distinta es que las Administraciones no lo pudiesen controlar por no disponer de la información necesaria (cosa que va a cambiar). Recordemos que todo esto viene desde la UE. La verdad que leyendo lo que se pone en el grupo de Telegram, muchos os vais a llevar una gran sorpresa en los meses venideros...
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