Hola,Sí. Puedes hacerlo perfectamente. El hecho de poner una penalización a la cancelación total y no a la amortización parcial es para poner trabas a la cancelación mediante una nueva hipoteca en la competencia.Saludos.
Hola.Si recibes una donación, tienes que tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. No hay ganancia patrimonial por IRPF en este caso. Si fuera así, pagarías dos veces por lo mismo.Saludos.
Hola.Con esa edad él solo no creo que lo consiga en ningún sitio. Si puede aportar garantes a la operación (algún hijo por ejemplo) entonces sí podría (dependiendo de la solvencia del garante).Saludos.
Hola.Tienes la cuenta bloqueada hasta que aportes la documentación que te solicitan. Si pasado un plazo no lo haces, el banco cancelará la cuenta y te indicará que pases por una oficina a retirar el saldo resultante de la cancelación.Saludos.
Hola,Veo dos opciones:a) El préstamo es para liquidar la deuda que figura en ASNEF. Le traiciona el subconsciente y en el foro expone que es para un coche al igual que hace en los bancos creyendo que así tiene más posibilidades.b) El préstamo es para un coche y no tiene ninguna intención de liquidar la deuda que figura en ASNEF.Sea la que sea lo lleva claro. Si tiene trabajo fijo como dice, que intente negociar con el acreedor de la deuda un plan de pagos parciales hasta que liquide la deuda para que lo eliminen del fichero.Saludos.
Hola.Si tienes 14 pagas, multiplican por 14 tu sueldo mensual y dividen por 12. De la cantidad resultante calculan el límite de endeudamiento. O de tu declaración de IRPF, restan del salario bruto, las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones a Hacienda y después dividen por 12.Es decir, lo tienen en cuenta.Saludos.