No estoy seguro de que estés leyendo eso correctamente.Lo que te dicen es que el FGD de Reino Unido (el Financial Services Compensation Scheme) cubre hasta 85K GBP, pero que el NS&I, como es el banco del gobierno y tiene el respaldo del Tesoro Público (His Majesty's Treasure), cubre el 100% de lo que metas ahí, incluso por encima de 85K GBPhttps://www.fscs.org.uk/what-we-cover/https://www.nsandi.com/get-to-know-us/security/protect-your-money
Wise cobra comisiones insignificantes. La idea es usarlo solo como pasarela para tener cuenta con numeración de UK, no para tener el dinero ahí guardado. El dinero estaría en el NS&I.No había visto lo de que no están cubiertos for el FGD del Reino Unido. ¿Dónde lo pone?Gracias
Gestor ya tengo pero no tiene nada claro el tema. Esto del crowdlending está en pañales desde el punto de vista fiscal, y el problema es que las sanciones de Hacienda son impresionantes :-/
Hola @garcia1683
¿Has averiguado algo más sobre este tema? Yo también tenía créditos en Mintos que al final se transformaron en bad debt y que según el informe fiscal 2022 de Mintos ya son "write off" (o sea, pérdidas). De momento no llego a 50 EUR, pero parece que en 2023 la cosa va a ser bastante peor, así que me interesa mucho.
Fondo de inversión indexado con rebalanceo automático y con una estrategia bastante conservadora. Te dará un 1-2% de rendimiento y es liquidable en cualquier momento. En plataformas como Finizens, Indexa Capital, etc puedes comprar fondos Vanguard referenciados al S&P500 con comisiones del 0.5-0.6% anual, así que te compensa sobradamente. Aunque en tu caso, seguramente puedes ir directo Inversis (el banco que usan Finizens, Indexa, etc) y te harán mejores condiciones.
Pide justificante de transferencia a la TGSS.
Con eso pones una reclamación ante del Defensor del Cliente de la entidad, que te tiene que responder en 2 meses como máximo.
Si no tienes respuesta en 2 meses, o la respuesta no te satisface, pones una reclamación en el Banco de España. Es necesario haber puesto primero la reclamación ante el Defensor del Cliente de la entidad y aportar copia de la reclamación.
En los casos de bancos, Consumo, OMIC, etc no pintan nada.