Bien es conocida actualmente la polémica causada por el Gobierno de Rusia y China ante la posición tomada en el conflicto con Siria. Al margen de esta controvertida cuestión, el Rusia ha manifestado recientemente su voluntad de incluir exigencias adicionales al Convenio TIR para aquellas mercancías que transiten al amparo de un cuaderno TIR por su territorio. Al respecto de este tema la Comisión Europea ha manifestado su preocupación a través del documento publicado recientemente en la página de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que podréis consultar clickeando en el siguiente enlace:
http://ec.europa.eu/taxation_customs/resources/documents/common/whats_new/tir_russia_en.pdf
Muchas son (y cada vez más) las empresas españolas que, ante la contracción de la demanda y, concretamente, el consumo interno, se han visto obligadas a recurrir a la exportación de su producción para poderse mantener a flote. Todo este tipo de operativa fuera de nuestras fronteras implica adoptar una serie de medidas formales y administrativas que conlleva la utilización de una serie de recursos, sean humanos o materiales, que suponen la asunción de costes.
Cuestiones como la existencia de Convenios internacionales facilitan bastante estas situaciones y es el Convenio TIR uno de los más utilizados en el plano del transporte internacional por carretera.
Pasaré a intentar explicar un poco el mismo, para todos nuestros lectores que se puedan plantear el salto al mercado internacional como una opción de negocio.
El Convenio TIR es un régimen de tránsito internacional que ha sido desarrollado al amparo de la ONU que facilita el transporte de mercancías por carretera mediante, principalmente, el reconocimiento entre los países signatarios de la validez de los controles en aduanas realizados por los otros integrantes. La implicación directa es que la mercancía no estará sometida a controles en aduanas en los países intermedios entre el de expedición y el de destino, eliminándose así barreras y tediosos trámites formales.
En cuanto a la aplicación efectiva del Convenio TIR, el organismo a quien la ONU encarga su implementación es el denominado IRU (Unión Internacional de Transportes por Carretera) a través de los Cuadernos TIR y del desarrollo, con un peso incremental en el régimen, de una serie de programas informáticos que garantizan la efectiva aplicación del Convenio y la seguridad del tránsito de las mercancías. Entre estos programas es preciso destacar:
- CUTE Wise: facilita información a las autoridades aduaneras y a las entidades integrantes del IRU sobre los titulares de los Cuadernos TIR (transportista) así como de la operación de transporte realizada en el marco del Convenio TIR, garantizando así un mayor nivel de seguridad.
- Real Time SafeTIR: que ofrece información a tiempo real a las autoridades aduaneras facilitando la fluidez en el tránsito.
- Le TIR-EPS: facilitará al transportista el envío gratuito de sus pre-declaraciones TIR.
- AskTIR: permite la gestión de los Cuadernos TIR a las Asociaciones miembros de la IRU.
Sin embargo, y a pesar de que podemos decir que cada vez más las diferentes normativas en el plano fiscal tienen a estandarizarse, todavía existen muchos problemas para el acercamiento de posiciones que, en muchas ocasiones, tienen más que ver con la cultura impositiva y la visión social que los distintos estados tienen de su sistema de recaudación y sostenimiento de los gastos públicos que con la voluntad de las partes de un efectivo acercamiento de las regulaciones.
Entre se produce este acercamiento y se eliminen las restricciones al tráfico y la protección de los mercados interiores las trabas continúan existiendo: ¿Sabes cómo gestionar estas cuestiones?
Departamento Fiscal
CIRO Consulting
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