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Compra especulativa de derechos de SOS

Voy a comentaros la lógica en la compra de los derechos de SOS para acudir a la ampliación de capital, como realice ayer en mi cartera modelo:

El principal motivo es el descuento que conseguimos a través de los derechos, sobre el precio de cotización de las acciones actuales, de mas del 20%, como podemos comprobar en los siguientes cálculos:

- Precio del derecho a día de hoy: 0,025€. Con cada 16 derechos podemos comprar 33 acciones nuevas, pagando 0,5€ por cada una de ellas, por lo que el precio de coste de estas acciones, incluido el derecho va a ser de: (16*0,025+33*0,5)/33 igual a 0.512€ por acción. La acción "antigua" cotiza a 0,67€ por lo que conseguimos un descuento del 24% sobre el precio actual.

La jugada perfecta, es decir, el arbitraje puro y duro, seria conseguir acciones en préstamo, venderlas y comprar derechos proporcionalmente para acudir con ellos a la ampliación y una vez nos den las acciones, devolverlas obteniendo mas del 20% de beneficio en menos de un mes, pero lo he intentado y no he conseguido que ningún banco me preste acciones, como ya suponía.

Por ello vamos a realizar una operación no tan bonita pero también interesante, como es la compra de los derechos, acudir a la ampliación (por favor, si alguien realiza esta operación, que le comunique por escrito a su broker su intención de acudir, antes del martes) y vender el primer momento que empiecen a cotizar las acciones nuevas (antes del 7 de enero según el prospecto de la ampliación) por lo que si desde el día de hoy a ese día la cotización cae mas del 24% empezaremos a perder dinero, pero si no es así obtendremos un beneficio en un mes bastante interesante.

¿Es seguro que ganaremos dinero? Por supuesto que NO, pero por hacer un símil, es como empezar un partido de baloncesto con 24 puntos de ventaja, igual pierdes, pero tienes bastantes posibilidades de ganar el partido.

Si os sirve, mi experiencia en operaciones similares es bastante positiva.

Además del descuento, tenemos que añadir que el atractivo de la compañía aumenta, por la importante reducción de deuda que se va a producir, no solo por la ampliación dineraria, sino también por la conversión de deuda en acciones y de participaciones preferentes en acciones, a lo que hay que sumar la venta del negocio arrocero por 195 millones de euros (menos deuda) a Ebro Puleva, que también se convierte en accionista de referencia con un 10%. De cualquier forma esto es otra guerra ya que como he comentado, nosotros solo vamos a hacer accionistas unos días,ya que manteniendo nuestro plan, venderemos el primer día pase lo que pase (no conviertas inversiones a c/p en inversiones a l/p por estar en perdidas).

El gran peligro es lo que van a hacer las cajas de ahorro con las nuevas acciones, pero de nuevo creo que el riesgo merece la pena.

Por supuesto no hace falta decir, que cualquiera que tenga acciones de SOS actualmente, debería venderlas a mas no tardar y comprar derechos proporcionalmente, realizando un arbitraje puro y realizando una ganancia del 24%, pase lo que pase.

Un saludo.

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RENTA VARIABLE (XXXI) - Operaciones Especiales
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  1. en respuesta a Antonio aspas
    -
    Top 100
    #15
    06/12/10 17:21

    Gracias, pienso que después de la ampliación se pueda poner el valor en la cota de 0,40 aproximadamente.
    Saludos

  2. en respuesta a Antonio aspas
    -
    #14
    06/12/10 13:42

    Muy buenas a todas las personas que como yo invierten en bolsa. las diferencias que hay en los mercados, a dia de hoy son los inversores. por que el mercado como tal no cambiara. En referente al tema SOS mi umilde opinion seria. por que no vemos a SOS. independientemente de su deuda, que la tiene. como proyecto de inversion por negocio de producto que comercializa y que crece a nivel mundial en los ultimos trs años como nunca antes. por lo que particularmente tengo 9000 derechos por 9000 accciones que tenia en cartera, pues bien hoy compre 9000 derechos mas a 0,015 y los 18000 derechos los hice acciones, y no tengo ninguan duda que de una manera o de otra saldra bien la inversion. por que? porque las cuentas de sos del ultimo año lo refregan crece su cuota de mercado en todos los mercados que comercializa sus aceites y es mas con mucho potencial de crecimiento para los prosimos años. Una recomendacion mia particular, sin lugar a duda sos es una de las mejores inversiones por posible veneficios en los siguientes resurtados. Tiempo al Tiempo.Un abrazo y muchas gracias por vuestras opiniones de mercado

  3. en respuesta a Franz
    -
    #13
    06/12/10 10:12

    Franz,

    A largo plazo me da miedo, me gustaria que pasara la ampliacion y publicase resultados trimestrales para poder estudiar como queda la compañia a nivel de balance y de PyG, para poder tener una opinion fundada.

  4. en respuesta a Antonio aspas
    -
    #12
    06/12/10 00:10

    Si, pero estas 2 ampliaciones , deberían diluir mas el precio actual de la accion.
    Lo que no sabemos es si dichas ampliaciones se descontarán en el precio antes o despues del 7 de enero o si el mercado ya las descuenta en el precio actual, si fuese asi seria una posible oportunidad la compra planteada pero si el precio actual con contempla esa dilución podriamos encontrarnos con sorpresas antes de la fecha comentada.

  5. en respuesta a Antonio aspas
    -
    Top 100
    #11
    05/12/10 22:58

    Ves Sos Corporación como un valor con perpectivas a corto o a largo plazo.
    Gracias, Saludos

  6. en respuesta a Vibarco
    -
    #10
    05/12/10 22:41

    Vibarco,

    Yo no llamaria a esto exactamente invertir ya que vamos a estar pocos dias como accionistas de la compañia, mas bien lo llamaria especular. En tu caso entiendo que te refieres a ser ya accionista y que la empresa anuncie una ampliacion, que normalmente son malas noticias para los viejos accionistas ya que supone una dilucion de la compañia.

  7. en respuesta a Venerando
    -
    #9
    05/12/10 22:38

    Venerando,

    Las 2 ampliaciones mas que realiza son simultaneas, una es para cambiar deuda de los bancos por acciones y la otra es para cambiar bonos preferentes por acciones. Para el resto solo existe esta ampliacion. Ademas como he dicho las 3 ampliaciones son simultaneas

  8. en respuesta a Franz
    -
    #8
    05/12/10 22:35

    Franz,
    La noticia de venta del negocio del arroz es muy buena noticia principalmente para los poseedores de los bonos preferentes y que no acudan a la ampliacion. Menos deuda y mas capacidad de pago del principal y de los intereses. Para los accionistas noticias neutrales, tirando a malas. Aunque la parte de acudir a la ampliacion es buena para los accionistas por que permite que este mas cerca de cubrir la misma

  9. en respuesta a Fernan2
    -
    #7
    05/12/10 22:32

    Fernan2,

    Espero que la jugada nos salga bien y digo nos salga porque yo tambien he comprado para mi cartera real. Respecto a comprar mas derechos, tienen toda la pinta de acabar valiendo practicamente cero.

  10. en respuesta a Antoniorb
    -
    #6
    05/12/10 22:30

    Antoniorb,

    Si consiguieses acciones y las vendieses en corto y compraras los derechos pero no se llevara a cabo la ampliacion, supongo que tu benefecio seria mucho mayor, ya que la caida de la accion seria brutal al no conseguir los fondos necesarios y estar cerca de entrar en suspension de pagos.

  11. en respuesta a Venerando
    -
    #5
    05/12/10 14:28

    Yo ya no suelo invertir en mierdas, pero cuando lo hacia y veia la palabra ampliacion de capital, salia corriendo inmediatamente del valor, repasar las ampliaciones de capital de los chicharros y vereis que desastre, solo sirven como comentan mas arriba para engañar al personal.

    Saludos.

  12. #4
    05/12/10 12:56

    Bueno, 24 puntos de ventaja, hasta el el 7 de enero se pueden perder paulatinamente y que el precio baje de 0.50 en la fecha de ampliacion.

    Sacyr tiene la ampliacion segun dicen casi cubierta por compromisos y de 4.50 que es su precio con derechos, ya llegó a 4 € hace poco y continua por debajo de ese nivel.

    Por otra parte lo que no me gusta de SOS es que parece ser que van a realizar 2 ampliaciones adicionales, prefiero esperarme a la última donde los números estarán mas clarificados.

  13. Top 100
    #3
    04/12/10 15:28

    Gracias por las indicaciones, Sos corporación, ten por seguro que he estado cosultado, broquers y personas que siguen este valor como entntos otros. Podría darte la razón y seguir tus pasos, los cuales te doy las gracias por dicha información. ¿Como ves la noticia de la venta de la arrocera? En caso que así fuera, a los accionistas hay que pagarles, aunque fuese con acciones en pocas o muchas, compartes mi idea. Sos corporación como muchas empresas, solo desean pagar sus deudas a traves de sus inversores, engañando, manipulando a los minoristas.
    Gracias por tu consejo.
    Saludos

  14. Top 25
    #2
    04/12/10 00:16

    Pues sinceramente, cuando he visto lo de comprar SOS me ha dado un poco de cosa... ¿Qué hace Antonio metiendose en esa basura de acción? Pero lo del baloncesto me ha convencido, así que al final he comprado unos cuantos derechos en la subasta de cierre (a 0.015, por cierto), para acudir a la ampliación (salvo que los derechos se pusieran a precio normal, que no creo, en cuyo caso vendería ya).

    Y viendo los derechos tan "tiraos" de precio, me pregunto: ¿conseguirán cubrir la ampliación de capital? Valiendo casi cero, como valen, lo único que se refleja es que no existe interés por acudir a la ampliación. Poco perderíamos de ser así, ya que los derechos eran casi gratis, pero no encuentro otra explicación a que estén cotizando tan bajo...

    Y por cierto, puestos a especular... también se podría haber comprado una cantidad mayor de derechos, no para acudir sino para buscar el pelotazo. Fácilmente se podría perder todo lo apostado (no voy a decir "invertido"), pero también fácilmente se podría triplicar o quintuplicar, y un juego en el que el resultado va de -100 a +500 no es el peor del mundo... mejor esto que la lotería de navidad, para quien le gusten las apuestas, ¿no? Aunque ojo, yo ya digo que no lo he hecho ni tengo intención de hacerlo...

    s2

  15. #1
    Antoniorb
    03/12/10 20:56

    Estimado paisano:
    MI duda es que sucederia si no se completara la ampliación y vendemos las acciones comprando derechos para ganarnos es 24% porque recibí un aviso y bueno habria que ver los datos de ampliación que tal van en cuanto a suscripción .Que opinas. un saludo.Te pongo el aviso que recibí.

    CONDICIONES A LAS QUE ESTÁ SUJETA LA EJECUCIÓN DE LAS AMPLIACIONES DE CAPITAL
    Las Ampliaciones de Capital están condicionadas entre sí y sujetas a determinados requisitos según se indica a continuación:

    1. La Ampliación no Dineraria se encuentra condicionada (i) a la suscripción de forma satisfactoria de la Ampliación Dineraria (según se indica en el punto 2 siguiente) y de la Ampliación por Compensación de Créditos (según se indica en el punto 3 siguiente) y (ii) a la aprobación del resultado de la oferta que se realiza a los titulares de Participaciones Preferentes por una mayoría de las Entidades Acreditantes que representen al menos el 66,67% del importe dispuesto y no amortizado del Contrato de Refinanciación.

    2. La Ampliación Dineraria se encuentra condicionada (i) a la suscripción de manera satisfactoria de la Ampliación no Dineraria (según se indica en el punto 1 anterior); (ii) a que el importe de las suscripciones (o el de las suscripciones más el importe de efectivo aportado a fondos propios con las características requeridas por el Contrato de Refinanciación, incluyendo a estos efectos préstamos participativos) alcance la cantidad de, al menos, 120.000.000 de euros; y (iii) adicionalmente, en el caso de que no alcanzarse el importe mínimo de 200.000.000 euros, a que la Sociedad obtenga la dispensa a la condición de obtener dicho importe por unanimidad de las Entidades Acreditantes.

    3. La Ampliación por Compensación de Créditos se encuentra condicionada (i) a la suscripción satisfactoria de la Ampliación Dineraria (según se indica en el punto 2 anterior) y (ii) por tanto a que, asimismo, se haya suscrito de forma satisfactoria la Ampliación no Dineraria (según se indica en el punto 1 anterior).

    A los efectos previstos en el artículo 311 de la LSC y conforme a los acuerdos adoptados por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada, el 29 de octubre de 2010, si las Acciones Nuevas emitidas no fueran suscritas en su totalidad en las Ampliaciones de Capital, el aumento de capital social se limitará a la cantidad correspondiente al importe de las Acciones Nuevas de la Sociedad efectivamente suscritas y desembolsadas, quedando sin efecto en cuanto al resto.

    No obstante, respecto a la Ampliación Dineraria, la Junta General de Accionistas, de 29 de octubre de 2010, delegó en el Consejo de Administración la facultad de poder acordar la suscripción incompleta siempre que (i) el importe de las suscripciones (o el de las suscripciones más el importe de efectivo aportado a fondos propios con las características requeridas por el Contrato de Refinanciación, incluyendo a estos efectos préstamos participativos) alcance la cantidad de, al menos, 120.000.000 de euros y (ii) adicionalmente, en el caso de que no alcanzarse el importe mínimo de 200.000.000 euros, la Sociedad obtenga la dispensa de las Entidades Acreditantes a la condición de obtener dicho importe. Si se declarase la suscripción incompleta de la Ampliación Dineraria, se limitará a la cantidad correspondiente al valor nominal de las Acciones Nuevas efectivamente suscritas y desembolsadas, quedando sin efecto en cuanto al resto.

    En el caso de que (i) no se alcanzase la suma de 200.000.000 euros y no se obtuviese la correspondiente dispensa por unanimidad de las Entidades Acreditantes; o (ii) o el importe de la suscripción de la Ampliación Dineraria y/o la cantidad aportada, en su caso, en forma de fondos propios, incluyendo a estos efectos préstamos participativos, fuesen en total inferiores a 120.000.000 euros, la Ampliación Dineraria no se ejecutaría. Consecuentemente, de conformidad con el artículo 311.2 de la LSC, la Sociedad, a través de la Entidad Agente, deberá desbloquear las Participaciones Preferentes inmovilizadas (véase epígrafe 5.1.3 de la Nota de Valores) en la Ampliación no Dineraria y, en la Ampliación Dineraria, procederá a restituir a los suscriptores las aportaciones dinerarias realizadas o a consignar éstas en su nombre en el Banco de España o la Caja General de Depósitos. En este supuesto, al estar las Ampliaciones de Capital condicionadas entre sí, quedarían todas sin efecto.

    Para ampliar la información, rogamos consulten el Documento de Registro y la Nota sobre las Acciones registrados en la CNMV.


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