El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Vilagarcía de Arousa ha dictado sentencia de fecha 2 de septiembre de 2020 que estima nuestra demanda, presentada en interés de un matrimonio de avanzada edad, y condena al Banco Santander a indemnizarle en las pérdidas que sufrió tras colocarle unas participaciones preferentes de Sos Cuétara, casi 70.000 euros. Además el Banco debe pagar los intereses legales desde la interposición de la demanda y las costas del juicio.
La sentencia considera probado que el Banco Santander convenció a los demandantes para que comprasen las participaciones preferentes litigiosas sin informarles adecuadamente de sus riesgos y sin tener en cuenta su perfil conservador y que desconocían este tipo de productos.
El Banco Santander fue el principal colocador de la emisión de participaciones preferentes que hizo Sos Cuétara en el año 2006. Al poco se puso de manifiesto que la sociedad atravesaba una pésima situación económica, por lo que las participaciones preferentes se canjearon por acciones de una nueva sociedad, Deoleo, con grandes pérdidas; los demandantes esperaron durante años a que su cotización subiese y así recuperar la inversión, cosa que no sucedió; por ello, una vez convencidos de que no podía producirse la ansiada subida de la cotización, vendieron sus acciones en julio de 2018 y a continuación se presentó la demanda reclamando la indemnización de las pérdidas sufridas: la diferencia entre la cantidad invertida y el precio obtenido en la venta de las acciones, de lo ha de restarse los intereses percibidos.