Entre la novedades introducidas por la Ley 21/2007, de 11 de julio de 2007 cabe destacar la ineludible obligación de las aseguradoras de presentar una oferta o respuesta motivada a las reclamaciones realizadas por el perjudicado/víctima de un accidente de tráfico.
En caso de siniestro siempre tenemos que proceder con mucha cautela y calma. Primero hay que asegurarse que tanto nosotros como los pasajeros que llevamos en el vehículo están ilesos. Una vez comprobado que todos los pasajeros están bien, hay que bajarse del coche y asegurarse de que todos los ocupantes del otro vehículo están ilesos también.
Hay una especie de leyenda urbana en la cual se cree que, tenemos un mes de "gracia" después de haber vencido nuestro seguro del coche, y tenemos cobertura del seguro. Esto no es cierto, ya que hay confusión entre la cobertura del seguro y el periodo de tiempo para devolver el recibo bancario.