La Reforma Fiscal que fecta al IRPF y que se aplicará a partir del 5 de julio de 2015 nos afecta a todos, la reforma fiscal afecta a las familias numerosas, a los inversores, a los autónomos y a la totalidad de las personas físicas en general. Pero aquí queremos centrarno en ¿Cómo afectará la rebaja del IRPF a los autónomos?
Aunque la reforma estaba prevista para aplicarse a partir del año 2016, la reforma se adelanta de manera progresiva a julio de 2015, añadiendo nuevas medidas en 2016. Por tanto, los autónomos podrán beneficiarse desde julio de las siguientes reformas.
Nueva reforma del IRPF para autónomos
Las reformas del IRPF que afectan a los autónomos y que empezarán a aplicarse a partir del 5 de julio de 2015 de manera progresiva son las siguientes:
- Una de las reformas más esperadas que los trabajadores por cuenta propia y la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) venían demandando desde hacía tiempo es que se rebajara el IRPF del 21% al 15%. Dicha reforma está prevista para los autónomos profesionales cuando el volumen de rendimientos íntegros de su actividad del ejercicio anterior no fuera superior a los 15.000 euros, ni represente más del 75% de la suma de los rendimiento íntegros de trabajo y de actividad económica obtenidos. Según datos de Gobierno podría suponer un ahorro de cerca de 60 euros al mes (ahorro de entre 600 y 700 euros al año).
- Durante el año que se inscriba como autónomo y los dos años siguientes se podrá aplicar una retención por IRPF de un 9%
- Aunque no esta clara aún la metodología que se va a seguir, el Anteproyecto de Ley recoge que los autónomos tendrán una reducción de sus retenciones a cuenta según los unos nuevos porcentajes:
- Actualmente se aplica una retención del 21%, que pasará a ser del 19% par alos autónomos con volumen de rendimientos íntegros de su actividad del ejercicio anterior superior a los 15.000 euros.
- Tanto el porcentaje del 15% como el del 19% se podrán reducir a la mitad si los rendimientos obtenidos tienen derecho a a la deducción de la cuota prevista en el artículo 68.4 de la Ley.
- Para actividades agrícolas y ganaderas , el porcentaje de retención aplicable será de un 2%, excepto si se trata de actividades ganaderas de engorde de porcino, en dicho caso, se aplicará una retención del 1%.
- Para los rendimientos procedentes de actividades forestales se aplicará un rendimiento del 2%.
Todas las medidas del nuevo IRPF se aplicarán a partir del 5 de julio de 2015, y se irán aplicando de manera progresiva hasta 2016. Con estas nuevas reformas del IRPF para autónomos se prevé unos 325.000 autónomos podrían beneficiarse, con un ahorro total de cerca de 118 millones de euros.