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¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?

21 respuestas
¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?
2 suscriptores
¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?
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#16

Re: Re: ¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?

No lo hará ..  no puede ni queriendo.. el reglamento es claro y para toda la UE, antes de acudir al regulador, tienes que acudir al Servicio de Atención al Cliente. La idea es dar la oportunidad a rectificar ... pero no a la oficina, no sirve, tiene que ser a un centro que se ocupa de estos asuntos de forma única, y ellos tienen 30 días para responder, de no hacerlo o si pero que tu consideres que la respuesta no es correcta, entonces, solo entonces podrás acudir al BdE.

Pero no pasa nada, puedes empezar ahora sin problema....

Otra cosa, el SAC de Banc Sabadell no admite reclamaciones por mail simple.. y puede hacerlo, por tanto tienes 3 posibilidades:

1 - Carta por correo certificado con acuse de recibo (no te olvides del acuse, la cartulina rosa de correos)

2 - La misma carta igualmente al SAC, entregala en la oficina y que te sellen la copia, que sirve igual como acuse de recibo.

3 - Por mail peeeeeero con firma digital, si es que dispones de un certificado vigente, o lectora de dni que también lleva aparejado un certificado digital y obviamente el pin del dni.

Lo otro no te servirá...probablemente recibas un escrito del BdE pidiendo que les remitas la respuesta previa del SAC, o bien que acredites que remitiste la reclamación y tras 30 días no respondieron, indicando que sino completas la documentación, archivan sin mas.
#17

Re: Re: ¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?

Vuelvo a agradecer la respuesta y ésta última tan pormenorizada que me va a ayudar mucho. Me pongo ahora mismo a seguir tus indicaciones y el resultado lo pondré en conocimiento de este foro por si sirve de ayuda a otra víctima.
#18

Re: Re: ¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?

Hombre en lo de "victima" no acabo de coincidir, la banca es un  negocio muy regulado.. y existe un sistema de reclamación con sus plazos,  etc., y para asuntos no masivos como swaps, preferentes, suelos y cosas que afectan a una gran masa de clientes, funciona adecuadamente ... pero ve tu por ejemplo a una eléctrica y no digamos a una teleco, y si aquí hay burocracía, alucina cuando tengas un "diferencia" con tales sectores ... !!!!

Bien a por datos, ahí va el.primero....




Servicio de Atención al Cliente






Mediante este servicio atenderemos las quejas y reclamaciones que tenga a bien plantearnos. Para ello, puede descargar el Formulario de contacto   que ponemos a su disposición. Puede enviarnos su queja o reclamación a través de correo postal a la siguiente dirección:

Correo postal:
Servicio de Atención al Cliente
Centro Banco Sabadell
Polígono Can Sant Joan
Sena, 12
08174, Sant Cugat del Vallés





Y por correo electrónico, a la dirección [email protected], siempre que la utilización de este medio se ajuste a lo dispuesto en la legislación vigente sobre firma electrónica.

En cualquier caso, la presentación de las quejas y reclamaciones deberá efectuarse de acuerdo con lo estipulado al efecto en el "Reglamento para la defensa de los clientes y usuarios financieros de Banco Sabadell", que ponemos a su disposición.

El reglamento cumple con las directrices establecidas en la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo y legislación concordante, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.

Esto sale de su web .... https://www.bancsabadell.com/cs/Satellite/SabAtl/Servicio-de-Atencion-al-Cliente/GBS_Generico_FA/1183016790055/1191332198208/es/





#19

Re: Re: ¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?

Y aqui la norma del Banco de España..

Disculpa ... ya no es un mes, son ahora 15 días hábiles, unos 19 o 20 reales.
.

https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/consultasreclama/comorealizarrecl/

PASO 1 Reclamar a la entidad

REQUISITO OBLIGATORIO

Presentar un escrito ante los Servicios, Departamentos o Defensores del Cliente de la entidad.Si no estás de acuerdo con la resolución o no te contestan en el plazo de un mes (si eres consumidor) - 15 días hábiles en el caso de los servicios de pago (seas consumidor o empresa) - o dos meses (si no eres consumidor) puedes acudir al Banco de España.
#20

Re: Re: ¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?

Bueno, no me esperaba esto, estoy abrumado con tanta amabilidad. Estoy muy agradecido por toda la información proporcionada. Gracias.
#21

Re: Re: ¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?

Si hace años se ha abierto una cuenta corriente en un banco y vas a cancelarla y no te la cancelan porque te dicen que con el tiempo de no tener movimientos ellos ya la cancelan, es normal que 11años después vean que no se cerró?

Si tu no sabias que tenias la cuenta y cambiaron las condiciones ya que primero no tenia comisiones y al seguir inactiva luego si tiene comisiones pero no te han avisado te pueden cobrar comisiones para cancelarla?

#22

Re: Re: ¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?

Hola Txamart,
¿Podrías explicar cómo se resolvió tu caso que mencionas al final?
Muchas gracias
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