#16
Re: Re: ¿Qué pasa con las cuentas corrientes inactivas?
No lo hará .. no puede ni queriendo.. el reglamento es claro y para toda la UE, antes de acudir al regulador, tienes que acudir al Servicio de Atención al Cliente. La idea es dar la oportunidad a rectificar ... pero no a la oficina, no sirve, tiene que ser a un centro que se ocupa de estos asuntos de forma única, y ellos tienen 30 días para responder, de no hacerlo o si pero que tu consideres que la respuesta no es correcta, entonces, solo entonces podrás acudir al BdE.
Pero no pasa nada, puedes empezar ahora sin problema....
Otra cosa, el SAC de Banc Sabadell no admite reclamaciones por mail simple.. y puede hacerlo, por tanto tienes 3 posibilidades:
1 - Carta por correo certificado con acuse de recibo (no te olvides del acuse, la cartulina rosa de correos)
2 - La misma carta igualmente al SAC, entregala en la oficina y que te sellen la copia, que sirve igual como acuse de recibo.
3 - Por mail peeeeeero con firma digital, si es que dispones de un certificado vigente, o lectora de dni que también lleva aparejado un certificado digital y obviamente el pin del dni.
Lo otro no te servirá...probablemente recibas un escrito del BdE pidiendo que les remitas la respuesta previa del SAC, o bien que acredites que remitiste la reclamación y tras 30 días no respondieron, indicando que sino completas la documentación, archivan sin mas.
Pero no pasa nada, puedes empezar ahora sin problema....
Otra cosa, el SAC de Banc Sabadell no admite reclamaciones por mail simple.. y puede hacerlo, por tanto tienes 3 posibilidades:
1 - Carta por correo certificado con acuse de recibo (no te olvides del acuse, la cartulina rosa de correos)
2 - La misma carta igualmente al SAC, entregala en la oficina y que te sellen la copia, que sirve igual como acuse de recibo.
3 - Por mail peeeeeero con firma digital, si es que dispones de un certificado vigente, o lectora de dni que también lleva aparejado un certificado digital y obviamente el pin del dni.
Lo otro no te servirá...probablemente recibas un escrito del BdE pidiendo que les remitas la respuesta previa del SAC, o bien que acredites que remitiste la reclamación y tras 30 días no respondieron, indicando que sino completas la documentación, archivan sin mas.