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Peticion Pagos/Cheques de 2005 - Estafa Trampolin

22 respuestas
Peticion Pagos/Cheques de 2005 - Estafa Trampolin
Peticion Pagos/Cheques de 2005 - Estafa Trampolin
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#16

Re: Peticion Pagos/Cheques de 2005 - Estafa Trampolin

Es que albergo serias dudas (muy serias) en que se pongan a buscar los importes, de ahí que la recomendación que entiendo debo dar, es primero se piden los extractos y una vez obtenidos, la segunda solicitud en cuanto a las partidas que interesan, detallando fechas, concepto e importes. 

Puede parecer que si lo haces directo por los importes vas a ganar tiempo, y yo creo que va a ser exactamente al revés, que te responderán con "largas" y te verás obligado a realizar lo que te indico, pero habrás perdido un mes como poco !!!!

Mira, yo tengo un montón de defectos, pero uno y muy relevante es que "no paso por el aro ni a la de tres", lo cual me supone tener una colección de reclamaciones bastante gorda, algunas por dos duros, que me cuesta más la herramienta que el agujero, y no solo reclamaciones bancarias, sino de todo tipo, consumo, telecos, seguros, etc. ..... las dos últimas reclamaciones y ninguna es de banco, una es de 15 € y otra de 11,25 €, rídiculo, como ves .......  no suele ser una cuestión de dinero, es  una pretensión de que las cosas se hagan bien, y entender que mientras sea más barato atender a los "pelmas reclamadores" que cambiar los sistemas, éstos no cambiarán, a partir del momento en que sea mas caro atender a dichos "pelmas", los sistemas cambian fijo. Con lo cual mi granito de arena es ayudar al incremento... jejeje ..... por ello te indico que intuyo o creo intuir que con "la directa" te va a ser más lento. 

#17

Re: Peticion Pagos/Cheques de 2005 - Estafa Trampolin

Si, viendolo de esa manera, entiendo tu postura.

Gracias por las aclaraciones.

PD: No se si enviarlo por burofax, para luego intentar que el Juzgado lo pida directamente, en caso de que me lo denieguen.

#18

Re: Peticion Pagos/Cheques de 2005 - Estafa Trampolin

Yo no me gastaria en un burofax, cuando hay un sistema establecido (y público) que está perfectamente regulado  por el Banco de España, pudiendo aportar tal norma junto a las copias de las cartas y los "papelitos" de correos, los dos el de certificado y el de acuse de recibo..... pero si te quedas más tranquilo el burofax es más claro ante un juez, y a diferencia de la carta certificada con acuse, nadie te pondría una pega, no obstante si te la pusieran sería mera cuestión de localizar en documentos públicos del BdE, que se indiqué que la carta certificada con acuse es suficiente. 

 

#19

CARTA Peticion Movimientos Bancarios 15 años - Art. 1964/1939 C.Civil - Ley 42/2015

Para evitar que puedan saltarme con temas legales y perdamos tiempo, les dejo claro lo siguiente:

 

Por medio de la presente, y en base al artículo 1964 y 1939 del Código Civil, procedemos a solicitar los movimientos de mis cuentas entre el 01/06/2006 y el 01/06/2008.  Dicha documentación nos es muy critica y necesaria para la preparación de una demanda judicial contra la sociedad Trampolin Hills (Murcia) por un presunto delito de estafa de las cantidades entregadas a cuenta, a presentar en los juzgados de Murcia.

Al tratarse de movimientos comprendidos entre Junio de 2006 y Junio de 2008, la nueva Ley 42/2015, de 5 de octubre, no sería de aplicación en este caso, ya que en su  Disposición transitoria quinta, la Ley 42/2015, establece expresamente que el tiempo de prescripción de las acciones personales que no tengan señalado término especial de prescripción, nacidas antes de la fecha de entrada en vigor de esta Ley, se regirán por lo dispuesto en el artículo 1939 del Código Civil, que indica:

“La prescripción comenzada antes de la publicación de este código se regirá por las leyes anteriores al mismo”. 

Es decir, las acciones cuyo plazo de prescripción hubiesen comenzado después del 7 de octubre de 2005 y antes del 7 de octubre de 2015 (fecha de la entrada en vigor de la reforma) estarán sujetas al antiguo plazo de prescripción de 15 años indicado en el anterior articulo 1964 del Código Civil, pero con un límite: prescribirán una vez transcurridos 5 años desde la entrada en vigor de la reforma, esto es, el 7 de octubre de 2020, aunque no hayan transcurrido los 15 años. 

Por todo ello, rogamos nos remitan la documentación solicitada.

 

Nombre completo

Firma

Fecha

#20

Re: CARTA Peticion Movimientos Bancarios 15 años - Art. 1964/1939 C.Civil - Ley 42/2015

Ostras yo hasta este punto tendría que consultar las leyes y normas aplicables, a ver si algun forero abogado que lo tiene mas por mano? Nos ilustra.

#21

Re: CARTA Peticion Movimientos Bancarios 15 años - Art. 1964/1939 C.Civil - Ley 42/2015

Yo no soy abogado, pero de tanto "estudiar", leer y tener que ayudar en varios casos familiares, ademas de que me gustan las leyes, he podido extraer dicha conclusión.

Veremos si algún forero abogado nos lo puede confirmar.

#22

Re: CARTA Peticion Movimientos Bancarios 15 años - Art. 1964/1939 C.Civil - Ley 42/2015

Pues os confirmo que con el escrito presentado:

Por medio de la presente, y en base al artículo 1964 y 1939 del Código Civil, procedemos a solicitar los movimientos de mis cuentas entre el 01/06/2006 y el 01/06/2008.   Dicha documentación nos es muy critica y necesaria para la preparación de una demanda judicial contra la sociedad Trampolin Hills (Murcia) por un presunto delito de estafa de las cantidades entregadas a cuenta, a presentar en los juzgados de Murcia.

Al tratarse de movimientos comprendidos entre Junio de 2006 y Junio de 2008, la nueva Ley 42/2015, de 5 de octubre, no sería de aplicación en este caso, ya que en su   Disposición transitoria quinta, la Ley 42/2015, establece expresamente que el tiempo de prescripción de las acciones personales que no tengan señalado término especial de prescripción, nacidas antes de la fecha de entrada en vigor de esta Ley, se regirán por lo dispuesto en el artículo 1939 del Código Civil, que indica:

“La prescripción comenzada antes de la publicación de este código se regirá por las leyes anteriores al mismo”. 

Es decir, las acciones cuyo plazo de prescripción hubiesen comenzado después del 7 de octubre de 2005 y antes del 7 de octubre de 2015 (fecha de la entrada en vigor de la reforma) estarán sujetas al antiguo plazo de prescripción de 15 años indicado en el anterior articulo 1964 del Código Civil, pero con un límite: prescribirán una vez transcurridos 5 años desde la entrada en vigor de la reforma, esto es, el 7 de octubre de 2020, aunque no hayan transcurrido los 15 años. 

Los Bancos han aceptado entregarnos dicha información, ya que la única vía de escape que tenían, la nueva Ley 42/2015 de, no pueden aplicarla para estos movimientos. 

El ultimo párrafo aclara hasta cuando podemos pedir dichos movimientos...

Espero que sirva de ayuda

#23

Re: CARTA Peticion Movimientos Bancarios 15 años - Art. 1964/1939 C.Civil - Ley 42/2015

Pues con la nueva sentencia del TS los pagos en efectivo, con justificante o recibí firmados, que fuesen de pagos acordes a las fechas contractuales, también pueden ser reclamados y deberían ser devueltos por los bancos encausados en la trama de Trampolin Hills.

Una gran noticia, gracias @lexlegis-magdalena