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Transferencia realizada por una persona no autorizada

11 respuestas
Transferencia realizada por una persona no autorizada
Transferencia realizada por una persona no autorizada
#1

Transferencia realizada por una persona no autorizada

Un vecino, ha hecho una transferencia del arreglo de una puerta de la comunidad a una empresa. La cuenta es de la Comunidad de Propietarios, en la que él no tiene poderes, los tiene su mujer que en ese momento era Presidenta y yo que era Secretario. Según he podido ver on line, la orden de transferencia, se hizo presencial, está a mi nombre y la firma es la de él (Hecho que he descubierto hace poco). El banco me dijo que la transferencia la hizo la Presidenta pero por un fallo de transcripción aparece mi nombre y que lo arreglarían, de eso hace 4 meses. Lo de la firma lo descubrí más tarde, así que es todo mentira. Me podéis orientar? Pongo una queja al Banco de España?, yo no quiero responsabilizarme de esa transferencia, porque no la he hecho. Gracias
#2

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

Antes de poner una reclamación al Banco de España, la tienes que poner al servicio de atención al cliente  del banco en cuestión, si la respuesta no te es satisfactoria, ya la puedes poner al Banco  de España adjuntando la respuesta de tu banco.
Saludos
#3

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

yo creo que esto no tiene ninguna importancia.

Entiendo que el vecino no ha robado nada a nadie y el de la puerta ha cobrado y no estamos hablando de una transferencia de 20.000 euros
#4

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

Pues a mi me parece muy serio. Puede que las consecuencias no sean importantes, pero que un banco autorice una transferencia con la firma de alguien que no está en la cuenta es suficiente para perder toda confianza.
#5

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

Primero habla con la presidenta y arreglar la cuestión.
#6

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

¿En banca online se puede ver el detalle de una transferencia presencial, o sea quién la hace, quién la firma, etc.? Si es así, mi banco está totalmente obsoleto.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

me uno a la pregunta... es la primera vez que leo que se puede modificar el titular que envia una transferencia.
Me parece inaudito.
Es como si tuviera una cuenta a nombre de "mentafresc" y pudiera venir un amigo y decir cambiar el nombre por "pepito"
Yo intuyo que el que hizo la transferencia sencillamente puso en observaciones su nombre seguido de reparacion puerta.

#8

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

En CaixaBank, si que se puede, aunque me ha costado encontrar.
#9

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

Ya lo hice, la respuesta es que fue un error de tecleo ya que mi nombre aparecía primero. Que la transferencia la hizo la presidenta y que lo arreglaran. Pero me están tomando el pelo, porque la transferencia está firmada por un vecino, que no tiene firma.
#10

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

Por suerte, no hay apropiación indebida, pero CaixaBank, no ha identificado a la persona y el vecino no está autorizado.

#11

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

El problema, es que CaixaBank no ha identificado a la persona. Si lo hiciera, se daría cuenta que no está autorizada. 
#12

Re: Transferencia realizada por una persona no autorizada

 
Independientemente de la existencia o inexistencia de dolo, y desde un punto de vista meramente técnico, el delito de falsedad documental se produce cuando alguien modifica, simula, altera o manipula parte o la totalidad de un documento con el fin de convertirlo en falso, adulterando parte o la totalidad de sus componentes. 

Es un delito grave que se regula en los artículos 390-399 del C. Penal, y en el caso concreto de falsedad documental en documento privado, en los artículos 395 y 396. 

En este caso, a mi entender, y dado que no se trata de funcionario público en cuyo caso las sanciones que recogen el art 390 serían de aplicación, y al no percibirse la intención de perjudicar a tercero, no son de aplicación los art 395 -396 y por lo tanto no existe delito.

Por lo que comentas, parece más un exceso de prerrogativas y/o escasez de celo del descerebrado empleado de banca (que puede merecer un tirón de orejas del SAC) ya que, aunque se haya pagado la factura de una reparación cierta, ha hecho una transferencia sin solicitar identificación al ordenante o, más probable, habiendo certeza de la arrogación de atribuciones por parte de éste. 

Saludos