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Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?

6 respuestas
Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?
Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?
#1

Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?

Ayer a primera hora hice tres transferencias: ING -> OficinaDirecta, ING -> Openbank e iBanesto -> OficinaDirecta... y esta mañana ya estaban las tres en su destino, y con fecha valor de hoy, lo que me ha sorprendido bastante porque hasta ahora la norma era que las transferencias tardaban dos días (tres si se hacían a partir de las 11:00), y aunque a veces vieras el dinero en cuenta al día siguiente, la fecha valor era siempre la del segundo día. ¿Sabéis si se ha cambiado la normativa de valoración en las transferencias bancarias?

s2

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre

#2

Re: Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?

Sip, aunque no ha cambiado nada (SEPA). Ahora lo normal es que esten todas en 24 horas hábiles.

#3

Re: Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?

La fecha valor ni idea, pero ahora si se hacen antes de las 15h tienes la transferencia en destino al día siguiente.

#4

Re: Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?

Lo pregunté recientemente, y me dijo Bancaja que era nueva normativa del Banco de España. No pregunté más.

#5

Re: Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?

Os pego un texto de otro mensaje:

Para todos.

Dentro de las transferencias internacionales, existen tres maneras de tabular los costes, SHA ( de Share, compartidos), Ben (Gastos para el Beneficiario) y OUR( todos los costes para el ordenante).

Si una transferencia es mandada con gastos BEN, el que la recibe tendrá que asumir los costes de emisión e intermediación de la transferencia.

Si la transferencia es SHA, el beneficiario asumira sus costes, y los bancos tienen potestad para cobrar comisiones, es más, es MUY habitual, hay otro mundo aparte de la banca de particulares.

Si mandamos una transferencia OUR, al cabo de unos días recibiremos una comisión "extra" reclamada por el banco beneficiario si así lo tiene pactado con su cliente.

Respecto a la diferencia de 50.000€ para el extranjero. ¿Creiais que los bancos os regalaban algo? no.

España, como miembro de la UE esta adherida al Euro Regulation (EC COMPLIANT) y las transferencias en Euros, con BIC, IBAN y gastos SHA hasta 50.000€, han de ser tratadas como pagos domesticos. Ahora con la DSP (directiva de servicios de pago Ley de Noviembre de 2009) los pagos tendrán que abonarse en el mismo día de ser recibidos por el banco receptor (implantación hasta 2012).

Espero que con esto se aclaren muchas dudas.

Saludos

#6

Re: Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?

No sé si habrá cambiado algo, pero desde que entró en vigor la ley de servicios de pago UNO-e seguía empeñado en ponerme la fecha de valor de la nómina 2 días después que la de operación y resulta que este mes ambas fechas son la misma. ¡Milagro!.

#7

Re: Normativa de fecha valor en las transferencias bancarias... ¿ha cambiado algo?

hola, un saludo, jaaaa esta es facil, con permiso, la nueva normativa que entro en vigor , viene diciendo que fecha valor el mismo dia que entra en cuenta, a mi me lo estan cumpliendo a rajatabla, ademas se limita el tiempo maximo que deben tardar, se habla tambien que los bancos tienen una moratoria hasta enero del 2012, un placer fernan y saludos para todos y en especial para el equipo de rankia 1

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......