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Aval bancario

6 respuestas
Aval bancario
Aval bancario
#1

Aval bancario

buenos dias,
escribo en este foro para ver si alguien me puede ayudar. Un banco me hizo entrega de un compromiso de aval para aportar en una entidad publica, tras la aprobación de ese compromiso de aval por parte de la entidad, me pongo en contacto con el banco para que se formalice el aval e indican que ahora mismo no lo pueden avalar. Que obligacion tiene un banco en cuanto a este tema? si te dan un compromiso de aval luego pueden negarse a entregarlo.
Comentar a mayores que el compromiso de aval era de una cantidad y el aval que hay que formalizar es de menor cantidad.

muchas gracias,
#2

Re: Aval bancario

Habría que ver el texto de este compromiso y su concreción.

Pero me temo que la única opción que tienes es la habitual reclamación al Servicio de Atención al Cliente, y si no atienden como crees corresponde, la segunda queja al Banco de España.

El problema es que al tratarse de una tema de sector público, tendrá unos plazos máximos, con lo cual cuando tengas la respuesta probablemente estés fuera de tal plazo.

Entonces solo te quedaría la opción del juzgado por los daños y perjuicios que te hubieran ocasionado.

De todos modos lo primero es ver si tal compromiso es absolutamente claro, no hay condicionantes y por tanto, no alberga duda.

A los compromisos de avales se les llama o llamaba "pre avales", pero debo reconocer que no he visto ninguno en mi vida, siempre que hemos precisado de este servicio, han sido directamente los avales

#3

Re: Aval bancario

Preaval bancario

Documento expedido por una entidad financiera que, sin constituir un compromiso en firme, expresa una disposición favorable a otorgar un aval definitivo al interesado.

Según establece el Banco de España, es el documento expedido por una entidad financiera que, sin constituir un compromiso en firme, expresa una disposición favorable a otorgar un aval definitivo al interesado; se trata del paso previo para el estudio de la operación financiera que le ha sido propuesta.

Se trata de una operación de activo para la entidad financiera, en principio sin tener que realizar ningún desembolso, pero que sí puede representar un riesgo si concediéndose el aval de forma definitiva el avalado incumple sus obligaciones frente a terceros.

En la memoria de reclamaciones del Banco de España de 2021, no viene nada de preavales, pero tampoco en las de 2020, 2019 y 2018. 

La web de Caixa Bank y en referencia a los pre avales indica: https://blog.caixabank.es/blogcaixabank/guia-sobre-avales-resuelve-todas-tus-dudas/

Preaval: operación que expresa la disposición favorable de una entidad a otorgar el aval definitivo en su día, sin constituir un compromiso en firme.
 
Preaval Bancario - López Domínguez Igncio - Según establece el Banco de España, es el documento expedido por una entidad financiera que, sin constituir un compromiso en firme, expresa una disposición favorable a otorgar un aval definitivo al interesado, y se trata del paso previo para el estudio de la operación financiera que le ha sido propuesta.Se trata de una operación de activo para la entidad financiera, en principio sin tener que realizar ningún desembolso, pero que sí puede representar un riesgo si concediéndose el aval de forma definitiva, el avalado incumple sus obligaciones frente a terceros.

Lo siento, pero salvo que existan algunas sentencias que consideren que un preaval es un compromiso firme de constituir el documento de aval definitivo, cosa que desconozco, parece claro que es una simple carta de intenciones pero que no obliga a  tal concesión en definitiva. En consecuencia no le veo ningun recorrido con una reclamación al SAC y luego al Banco de España. Cosa distinta es que existieran setencia, repito, lo desconozco, entonces si podría ser un tema judicial por daños y perjuicios causados.   



#4

Re: Aval bancario

Un aval bancario puede ser transferido por el avalista a otra empresa?

Saludos.
#5

Re: Aval bancario

El avalista es el banco 
Avalado es el cliente
Beneficiario es a favor de quien se garantiza 

El avalista emitió un aval a favor de un beneficiario determinado, que yo sepa un aval no es endosable, habría que modificar el redactado para cambiarlo y solo puede modificar tal texto quien emite la garantía, es decir, el  avalista.


#6

Re: Aval bancario

muchas gracias W. Pettersen por tu respuesta. Efectivamente eso pienso yo. Desde el sentido común parece lógico que el avalista no pueda endosar un aval a un tercero que actúe como tal.  En un aval la solvencia del avalista es clave y si este pudiera transferirlo a otro con distinta solvencia generaría un perjuicio enorme al beneficiario del aval. Es decir, se desvirtuaría completamente lo que es un aval. Sin embargo, recientemente he conocido algún caso en que así ha sido, de ahí mi duda.

Gracias, un saludo
#7

Re: Aval bancario

Buenos dias
a mi empresa nos han dado un aval y éste se lo tenemos que endosar a otra empresa, hay alguna forma de hacerlo? Lo logico sería, según mi conocimiento, que mi Banco me diera un aval y éste estuviese garantizado con el aval en el cual nosotros somos beneficiarios. Esto es así.
O se puede hacer tb ante notario ese endoso????
Muchas gracias