#256
Re: Transferencia Inmediatas en 2025 - Reglamento (UE) 2024/886
Patética me parece la interfaz y operatividad del banco cántabro. Se empeñan en diferenciar lo que es una transferencia nacional (entidades con IBAN que empieza por ES**) de una transferencia internacional, cuando el criterio no es si se trata de IBAN que empiece o no por ES** sino si hablamos de una transferencia en euros entre Estados del EEE que tengan al euro como moneda oficial.
Opciones para lo que ellos llaman "nacional":
Opciones para lo que ellos llaman "internacional":
Así, enviar una transferencia a Alemania, Italia, Portugal, etc. la consideran internacional en euros y de momento solo las hacen ordinarias/estándar, no inmediatas, y cobrando... ese 0,4% con mínimo 6 euritos.
Si no cambian las cosas, cuando desde el 9 de octubre estén obligados al envío de inmediatas en euros hacia cualquier país que tenga el euro como moneda oficial, como no tendrán permitido cobrar mayor importe por las inmediatas que por las ordinarias/estándar (esas de plazo de entrega 24/48 h), seguirán cobrándolas al 0,4% con mínimo de 6 euros.
Opciones para lo que ellos llaman "nacional":
Opciones para lo que ellos llaman "internacional":
Así, enviar una transferencia a Alemania, Italia, Portugal, etc. la consideran internacional en euros y de momento solo las hacen ordinarias/estándar, no inmediatas, y cobrando... ese 0,4% con mínimo 6 euritos.
Si no cambian las cosas, cuando desde el 9 de octubre estén obligados al envío de inmediatas en euros hacia cualquier país que tenga el euro como moneda oficial, como no tendrán permitido cobrar mayor importe por las inmediatas que por las ordinarias/estándar (esas de plazo de entrega 24/48 h), seguirán cobrándolas al 0,4% con mínimo de 6 euros.