#1
Embargo de la AEAT levantado por recurso de reposición
Hola a todos y gracias por la atención y el tiempo.
Mi pregunta se basa en el levantamiento de un embargo por parte de la AEAT:
He ganado un recurso de reposición hace dos dias y me han levantado el embargo de la cuenta corriente. Segun Hacienda y sus cuentas del Gran Capitan, les adeudo unos 15.000 euros de los ultimos 20 años, reclamaciones que he ido respondiendo y que ellos a su vez han ido desestimando. Soy pweriodista y en Catalunya tenemos la ley del Parlament que nos exime del IVA pero ellos dicen que algunos de mis trabajo no estaban destinados al sector de los medios, y ahí está la discusión que, como siempre, ganan ellos. Pero, sigamos porque es imposible a no ser que sea con una ley muy clara como la de la inembargabilidad del saldo por ser la parte ya embargada por ellos, es muy complicado que den la razón al contribuyente.
Hasta hace dos años me embargaban la nomina en el porcentaje fijado por la ley. Desde hace dos años me embargan la pensión (unos 48 euros por el porcentaje fijado legalmente). No tengo ningun ingreso más pero el otro dia, sorprendentemente, me embargaron la irrisoria cantidad de 3'15€ de la cuenta. Presenté un recurso de reposición (sólo por dejar claro que los 3,15 euros eran inembargables y por lo tanto, míos y no suyos) que, tal como digo, gané, y me han levantado el embargo y devuelto el saldo.
Mi pregunta al respecto pues, es:
¿Si (como en ni caso)se presenta un recurso de reposición contra el embargo de una cuenta corriente y se gana por ser los fondos inembargables, la AEAT seguirá intentando embargar la cuenta afectada? ¿Puedo dejar el dinero tranquilamente en la cuenta o tengo que seguir con la precaución para no encontrarme económicamente desnudo y con la cuenta a cero por la nocturnidad/opacidad de acción a la caza del deudor de la AEAT?
Saludos y muchas gracias,
Santi Capellera i Rabassó
Mi pregunta se basa en el levantamiento de un embargo por parte de la AEAT:
He ganado un recurso de reposición hace dos dias y me han levantado el embargo de la cuenta corriente. Segun Hacienda y sus cuentas del Gran Capitan, les adeudo unos 15.000 euros de los ultimos 20 años, reclamaciones que he ido respondiendo y que ellos a su vez han ido desestimando. Soy pweriodista y en Catalunya tenemos la ley del Parlament que nos exime del IVA pero ellos dicen que algunos de mis trabajo no estaban destinados al sector de los medios, y ahí está la discusión que, como siempre, ganan ellos. Pero, sigamos porque es imposible a no ser que sea con una ley muy clara como la de la inembargabilidad del saldo por ser la parte ya embargada por ellos, es muy complicado que den la razón al contribuyente.
Hasta hace dos años me embargaban la nomina en el porcentaje fijado por la ley. Desde hace dos años me embargan la pensión (unos 48 euros por el porcentaje fijado legalmente). No tengo ningun ingreso más pero el otro dia, sorprendentemente, me embargaron la irrisoria cantidad de 3'15€ de la cuenta. Presenté un recurso de reposición (sólo por dejar claro que los 3,15 euros eran inembargables y por lo tanto, míos y no suyos) que, tal como digo, gané, y me han levantado el embargo y devuelto el saldo.
Mi pregunta al respecto pues, es:
¿Si (como en ni caso)se presenta un recurso de reposición contra el embargo de una cuenta corriente y se gana por ser los fondos inembargables, la AEAT seguirá intentando embargar la cuenta afectada? ¿Puedo dejar el dinero tranquilamente en la cuenta o tengo que seguir con la precaución para no encontrarme económicamente desnudo y con la cuenta a cero por la nocturnidad/opacidad de acción a la caza del deudor de la AEAT?
Saludos y muchas gracias,
Santi Capellera i Rabassó